UNVERSIDAD AUTÓNOMA DE LOS ANDES
CURSO: 3ero DERECHO
MATERIA: LÓGICA JURÍDICA
INTEGRANTES: DAYANA JARRIN
RAFAEL SALTOS
KEVIN LUSPA
ISABEL BAIDAL
LUIS DELGADO
ARENA SANCHEZ
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ACTIVIDAD INTERPRETATIVA Y PROBATORIA
La decisión o fallo judicial se presenta entonces como la conclusión de un silogismo cuya premisa mayor es una norma que atribuye a un supuesto de hecho una consecuencia jurídica y cuya premisa menor es una relación de hechos probados.
u-Premisa mayor : Norma (Si H---C)
u-Premisa menor : H
u-Conclusión : Fallo
Decisiones o juicios presentes en el razonamiento judicial.
Una decisión de interpretación, consistente en establecer qué “dice” el
Derecho Una decisión probatoria o juicio fáctico, consistente en declarar cuáles son los hechos relevantes en el conflicto. Una decisión o juicio de validez, consistente en determinar si es valida la norma aplicable.
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Juicio de consecuencias, sigue los hechos probados y calificados.
La decisión de validez casi siempre depende de una previa interpretación
La subsunción o calificación jurídica de los hechos, un lado presupone la verificación o prueba de los hechos de la causa, y otro depende de la interpretación de la norma
la decisión de consecuencias es también una decisión interpretativa
Concepto de interpretación jurídica consiste en la atribución de sentido o significado a los enunciados jurídicos.
juicio de consecuencias, sigue los hechos probados y calificados.
La decisión de validez casi siempre depende de una previa interpretación
La subsunción o calificación jurídica de los hechos, un lado presupone la verificación o prueba de los hechos de la causa, y otro depende de la interpretación de la norma
la decisión de consecuencias es también una decisión interpretativa
Concepto de interpretación jurídica consiste en la atribución de sentido o significado a los enunciados jurídicos.
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Concepto de interpretación jurídica
La interpretación jurídica consiste en la atribución de sentido o significado a los enunciados jurídico, la expresión interpretación no siempre es empleada por los juristas de forma concurrente, es muy común que al referirnos a interpretación jurídica estamos tratando temas referentes al derecho, pero los juristas entienden la interpretación como el análisis, explicación de las normas y de las Fuentes del derecho en general.
Tipos de interpretación
La interpretación es llevada a cabo notablemente por determinados operadores, de acuerdo al ejecutante se puede dilucidar cuatro tipos de interpretación:
Interpretación auténtica: Esta será efectuada por el autor del documento o disposición interpretada.
Interpretación oficial: es la realizada por una autoridad u órgano del Estado en el ejercicio de sus funciones institucionales.
Interpretación doctrinal: es la realizada por los juristas, particularmente por los profesores
de derecho en obras académicas.
Interpretación judicial: es, por último, la realizada por un órgano jurisdiccional.
La ambigüedad es una situación en la que la información se puede entender o interpretar de mas de una manera, ya que el contexto tiene mucha importancia en la eliminación de las posibles ambigüedades es decir que la misma información puede ser ambigua en un contexto y no serla en otro, la lengua hablada puede contener muchos mas tipos de ambigüedad cuando hay en el contexto de un argumento mas amplio que invita a una conclusión por que la ambigüedad se da cuando una misma palabra admite dos o mas significados distintos y ofrece problemas de comprensión al receptor, la única solución es recurrir al contexto o a la situación.
cuando mas corto es el mensaje y menor el contexto, mayor es la ambigüedad. una frase de tres o cuatro palabras sin contexto puede ser muy ambigua, lo cual es importante en rótulos y carteles, ejemplo: la frase “estaba bien solo” presenta ambigüedades en todas sus palabras (¿estaba él o yo)
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Problemas de los contextos sistémico y funciona
Puede ser unívoco y preciso, pero pueden aparecer problemas a propósito
Dos disposiciones distintas, tomadas en su significado más inmediato, significan lo mismo
El mismo sistema jurídico regula un mismo supuesto de hecho de manera diferente e incompatible. La antinomia equivale pues a inconsistencia o contradicción
Las disposiciones jurídicas, el ordenamiento no ha previsto una regla jurídica para un cierto supuesto de hecho
No ofrece dudas ni es contradictorio, provoca alguna perplejidad en su aplicación literal a un caso específico, bien porque se considera que éste es excepcional
CASOS FÁCILES Y CASOS DIFÍCILES
De hecho problemas o dudas interpretativas y aquellos otros en que tales dudas no se plantean, puede hablarse de casos difíciles y casos fáciles, respectivamente independientemente de que en abstracto o en otros contextos tales dudas puedan plantearse