ARTICULO 3:Son sujetos a esa a la ley profesional docente personal con funciones de dirección, supervisión, en la Federación, Estado el distrito federal y Municipios. Así como los asesores técnicos pedagógicos en la educación Básica y Media superior impartida en el estado.ARTICULO 4: Define una actualización, al aplicador, autoridades educativas, capacitación los niveles de educación, escuela evaluación, evaluador, formación, incentivos, ingreso, instituto, ley marco general de una educación de calidad, los nombramientos: Provicional, por tiempo fijo y definido, organismos descentralizados, permanencia en el servicio, personal de funciones de ATP, docente, funciones de dirección , personal con funciones de supervisión, servicio de asistencia técnica a la escuela, servicio profesional docente a servicio.ARTICULO 5:Se menciona de la aplicación y la vigilancia del cumplimiento de la ley debiendo observarse principios de legalidad, certeza , imparcialidad, objetividad y transparencia..ARTICULO 6:En la aplicación de la ley las autoridades deberán promover, respetar y proteger y garantizar los derechos de los niños y que los educandos reciban una educación de calidad.