EXPEDIR LEYES
RELATIVAS A LA INDEPENDENCIA, SEGURIDAD, TRANQUILIDAD Y DECORO DE LA REPÚBLICA;
PROTECCIÓN DE TODOS LOS DERECHOS INDIVIDUALES Y FOMENTO DE LA ILUSTRACIÓN,
AGRICULTURA, INDUSTRIA, COMERCIO INTERIOR Y EXTERIOR. (ENTRE OTRAS FUNCIONES)
30 miembros elegidos por el pueblo en una sola circunscripción territorial, por el sistema de representación proporcional integral.Requisitos para ser Senador: Ciudadanía natural en ejercicio o legal con 7 años de ejercicio y en ambos casos 30 años de edad cumplidos. Durán 5 años en sus funciones (Constitución, art. 97)La preside el Vicepresidente de la República (con voz y voto), quien además ejerce la presidencia de la Asamblea General.
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CÁMARA DE DIPUTADOS O REPRESENTANTES
99 miembros elegidos por el pueblo, en circunscripciones departamentales por el sistema de representación proporcional. La preside un representante elegido anualmente por la propia cámara.Corresponderán a cada departamento por lo menos dos representantes (La Corte Electoral determinará cuántos representantes habrá de elegir cada departamento).Requisitos para ser Representante: Ciudadanía natural en ejercicio o legal con 5 años de ejercicio y en ambos casos 25 años de edad cumplidos. (Constitución, art.90). Durán 5 años en sus funciones (Constitución art.89).
Se integra por los miembros de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Representantes, es decir con 130 miembros, siendo presidida por el Vicepresidente de la República.El art. 84 de la Constitución prescribe que la Asamblea General “se compondrá de dos Cámaras: una de Representantes y otra de Senadores, las que actuarán separadas o conjuntamente, según las distintas disposiciones de la presente Constitución”
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COMISIÓN PERMANENTE
Es el órgano del Poder Legislativo que actúa durante el receso de la Asamblea General (Constitución art. 131), es decir ordinariamente entre el 15 de diciembre y el 1º de marzo siguiente, con excepción del año de las elecciones nacionales en que el receso parlamentario se extiende desde el 15 de setiembre hasta el 15 de febrero siguiente (Constitución, art. 104).Se integra por 11 miembros: 4 Senadores y 7 Representantes Nacionales, que son elegidos por el sistema de proporcional por sus respectivas Cámaras (Constitución, art.127). La designación debe realizarse anualmente por cada una de las Cámaras, dentro de los quince días de constitución de la asamblea General o de la iniciación de cada período ordinario de sesiones de la legislatura (Constitución, art.127). Simultáneamente debe ser elegido un suplente por cada miembro titular de la Comisión Permanente (Constitución, art. 128)Será Presidente de la Comisión Permanente un Senador de la mayoría.