Conflicto colectivo. Pliego conflictivo

Descripción

Los conflictos colectivos. Normativas aplicables.
oswaldo godoy
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Resumen del Recurso

Pregunta Respuesta
¿Cual artículo de la LOTTT señala la normativa aplicable? El artículo 472 de la LOTTT
¿Qué se debe hacer según lo expresa el artículo 473? Los funcionarios y funcionarias del trabajo deben mediar para buscar soluciones armoniosas entre patronos y trabajadores.
¿Qué indica el artículo 474 de la LOTTT? El inspector o inspectora de trabajo deberá abrir una etapa breve de negociación entre patronos y organizaciones sindicales.
¿Qué ocurre si el conflicto está relacionado con un servicio público? El inspector o inspectora del trabajo debe notificar : al procurador general, de la República, Procuraduría Estadal o a la Sindicatura Municipal, segun sea el caso.
¿Cuales son las causas de un pliego conflictivo según el artículo 476 de la LOTTT? Patrón o patrona dejan de asistir a la negociación de la convención colectiva. Culminación de la Reunión Normativa Laboral y las o los trabajadores hayan rechazado el arbitraje. Se hayan agotados los pocedimientos conciliatorios. Imcumplimiento de acuerdos recientes en pliego de peticiones por parte del patrón o patrona.
¿Se Pueden hacer nuevos planteamientos una vez presentado el pliego de peticiones, durante la discución del mismo? El artículo 477 de la LOTTT no lo permite, salvo que se trate de hechos ocurridos con posterioridad a la presentación del pliego.
¿Cuándo y quien notificará al patrono o patrona del pliego de peticiones? El artículo 478 de la LOTTT indica que debe ser él o la Inspectora de Trabajo, dentro de las 24 horas después de recibido el pliego de peticiones.
¿Qué expresa el artículo 379 de la LOTTT? Dentro de las 48 horas de haber admitido el pliego se debe conformar una junta conciliadora, por solicitud del Inspector o inspectora de trabajo a la organización sindical y a la patrona o patrono.
¿Qué recomendaciones puede dar la junta de Conciliación de acuerdo al artículo 380 de la LOTTT? Recomendaciones: terminos específicos de arreglos o que la disputa sea sometida a arbitraje. Puede hacer un acta porque la conciliación ha sido imposible. Finalmente se elabora un informe.
¿Qué debe contener el informe de acuerdo al artículo 480 de la LOTTT? Se establece lo siguiente: 1.- El arbitraje sugerido por quien preside la junta ha sido rechazado por ambas partes. 2.-El arbitraje aceptado o solicitado por una de las partes, ha sido rechazado por la otra.
¿Qué ocurre cuando se plantee un conflicto colectivo de trabajo en diversas entidades de trabajo? De acuerdo a lo expresado por el artículo 481 de la LOTTT podrá tramitarse el conflicto como uno solo y se designa una sola junta de conciliación.
¿Cómo finaliza el procedimiento conflictivo? En atención al artículo 482 de la LOTTT, el arreglo entre las partes o la decisión de someter la disputa a arbitraje, dará por terminado el procedimiento.
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