Artículo 4. Potestad tributaria

Descripción

Ley General Tributaria Fichas sobre Artículo 4. Potestad tributaria, creado por Víctor Navascués Soria el 16/08/2019.
Víctor Navascués Soria
Fichas por Víctor Navascués Soria, actualizado hace más de 1 año
Víctor Navascués Soria
Creado por Víctor Navascués Soria hace casi 5 años
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Resumen del Recurso

Pregunta Respuesta
Potestad originaria Corresponde exclusivamente al Estado mediante ley
Comunidades y entidades Establecerán y exigirán tributos según Constitución y leyes
Demás entidades Exigirán tributos cuando una ley lo determine
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