Creado por RICHARD CASTRO
hace alrededor de 5 años
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Pregunta | Respuesta |
LEY 1015 2006 | El titular de la potestad disciplinaria es el ESTADO |
PODER PREFERENTE | LA PROCURADORIA PUEDE REVOCAR FALLOS INVESTIGACIONES ARCHIVADAS SANCIONES QUE SON IRRISORIAS NO HAY SEGURIDAD JURIDICA |
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