EIEN

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Fichas sobre EIEN, creado por leyla.cr.2012 el 08/06/2015.
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Resumen del Recurso

Pregunta Respuesta
ACCIONES DE FISCALIZACION De conformidad al primer párrafo del Artículo 62° del Código Tributario, comprende: - la inspección - la investigación - el control del cumplimiento de obligaciones tributarias Incluso de aquellos sujetos que gocen de inafectación, exoneración o beneficios tributarios.
¿CUALES SON LOS TIPOS DE ACCIONES DESTINADAS A ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO? -FISCALIZACION- Es aquella por la cual la Administración comprueba la correcta determinación de la obligación tributaria -ACCIONES INDUCTIVAS.- Son aquellas acciones por las cuales la Administración hace una revisión puntual de una o varias diferencias en la información proporcionada por el contribuyente y aquella remitida por terceros, su finalidad es la regularización voluntaria de los contribuyentes -OPERATIVOS DE CONTROL MASIVOS.- Estas son realizadas por los Fedatarios Fiscalizadores y tienen como dinalidad el control del cumplimiento de obligaciones formales, siendo las principales las de verificación de entrega de comprobantes de pago y las de control móvil
¿CUÁL ES EL OBJETIVO PRINCIPAL DE LAS ACCIONES DE FISCALIZACIÓN? Lograr el incremento sostenido en la recaudación tributaria mediante la generación efectiva de riesgo de incumplimiento y la recucción de la brecha de veracidad
PROCESOS DE FISCALIZACION - FINALIDAD- 1° Es verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias declaradas por los contribuyentes 2° Aumentar el cumplimiento voluntario y la correcta determinación de los contribuyentes a través de la generación de riesgo, creando la sensación de que cualquier incumplimiento será rápidamente detectado y sancionado por la Administación Tributaria.
¿CÓMO SE DETERMINA LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA? De conformidad a los artículos 59° y 61° del TUO del Código Tributario, la determinación de la obligación tributaria se inicia por acto o declaración del contribuyente o por la Administración Tributaria de la siguiente forma: 1.- El deudor tributario verifica la realización del hecho generador de la obligación tributaria, señala la base imponible y la cuantía del tributo. 2.- La Administración Tributaria verifica la realización del hecho generador de la obligación tributaria, identifica al deudor tributario, señala la base imponible y la cuantía del tributo. Al respecto, cabe indicar que el sistema tributario peruano se caracteriza por basarse en la buena fe, ya que en la gran mayoría de tributos estamos ante la autodeterminación de los tributos por los propios contribuyentes, sin perjuicio de señalar que la misma está sujeta a verficación o fiscalización por parte de la Adminístración Tributaria. (ART. 78° Y 79° DEL C.T.)
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