Pregunta | Respuesta |
Reglamentación | El reglamento es una norma jurídica de carácter general dictada por el poder ejecutivo. |
ICAO/ OACI: (Organización de Aeronáutica Civil Internacional), (international civil aviation organitation) | Es una agencia de la ONU creada en 1944 por la convención de chicago par estudiar los problemas de la aviación civil internacional y promover los reglamentos y normas únicos en la aeronáutica mundial. |
OBJETIVO DE OACI | Estudia los problemas de la aviacion internacional, los reglamentos junto con normas unicos en aeronautica civil. |
FUNCIONAMIENTO | Dirifgido por la asamblea, y el ejecutivo del consejo (formado por 33 estados); ambos tienen su cede en Montreal Canada. |
FUNCION DE LA DISTRIBUCION REGIONAL | ES redactar y mantener los planes regionales de navegación aérea actualizados. |
LOCALIZACION DE LAS DIFERENTES SEDES: | *África occidental- Dakar, Senegal *África Océano Indico- Nairobi, Kenia *Europa- Paris, Francia *Oriente Medio- El Cairo, Egipto.. *América del Norte y Caribe- CDMX, México. *América del sur- Lima, Perú *Oriente y Oceanía- Bangkok, Tailandia |
organismos gubernamentales: UIT/ ITU (Unión Internacional de telecomunicaciones) (International Telecomunication Union) | ES codependencia de la ONU. Encargado de regular las telecomunicaciones a nivel internacional. Creada en parís el 17 de mayo de 1865. Sustitución de UTI Y URI. |
OMM (Organizacion Metereologica Mundial) | Es un portavoz de la ONU autorizado acerca del estado y el comportamiento de la atmosfera terrestre. |
OMM | *Cuenta con 189 estados miembros. *Se fundo en 1950 y la ONU la reconoció en 1951. |
SERVICIOS (OMM) | Facilita el intercambio gratuito y sin restricciones, en tiempo real o casi real, de datos, productos y servicios para la seguridad y protección de la sociedad, bien estar económico y medio ambiente. |
IATA (Asociación de Transporte Aéreo Internacional), (International Air Transport Association) | Se fundo en la Habana, Cuba, en abril de 1945. Promueve entre aerolíneas la seguridad, fiabilidad, confianza y economía en el transporte aéreo en beneficio de los consumidores de todo el mundo. |
MISION DEL IATA | *REPRESENTAR: representa a 290 *LIDERAR: ayudar a las aerolíneas incrementando la convivencia de los pasajeros mientras reduce costos y aumenta eficiencia. *SERVIR: asegura a las personas el movimiento alrededor del globo con sus aerolíneas. |
UPU (union postal universal) (universal postal union) | Establecida en Berna, Suiza, el 9 de octubre de 1874 (día mundial del correo). Se dedica a promover y desarrollar la comunicación entre todas las personas del mundo. Con 189 paises miembros. |
IFALPA (federacion internacional de asociaciones de pilotos de lineas aereas) (international flight airlines pilots asasotation) | Nace en Montreal, en abril de 1948, con 13 miembros. |
MISION DE IFALPA | Ser la voz global de los pilotos, representándolos ante la OACI y en su comisión de navegación aérea al objetivo de promover el nivel mas elevado de seguridad en la aviación a nivel mundial. |
FAI (Federación Aeronáutica Internacional) (Federation aeronotique internationale) | Es un organismo que se dedica a la elaboración de normas y el mantenimiento de registros para la aeronáutica y astronáutica. También es el rector de los deportes aéreos. Fundad en 1905. |
DEPENDENCIAS NACIONALES: SCT {secretaria de comunicaciones y transportes} | se encarga de formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte publico y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del pais. Creada en 1891 y en 1959 fue nombrada SCT. |
SCT SE ENCARGA: | *Regular, vigilar y inspeccionar la administración de los aeropuertos nacionales, conceder permisos para la construcción de aeropuertos particulares y vigilar su operación. |
x2 SCT SE ENCARGA: | De otorgar concesiones y permisos para la explotación de servicios de autotransportes en las carreteras federales y vigilar su funcionamiento y operación, así como el cumplimiento de las disposiciones legales. |
DGAC (direccion general de aviacion civil) " que en paz descance" | Nacio el 20 de septiembre de 1920, dentro del esquema de obras publicas. |
VISION DEL TRANSPORTE AEREO. | Contar con un transporte aéreo seguro, eficiente y competitivo, que satisfaga las necesidades de la sociedad mexicana, proporcionando servicios de calidad y siendo un pilar para el desarrollo económico y social del pais. |
EN EL AÑO 2019 LA DGAC CAMBIA DE NOBRE POR ORDENES DE AMLO Y ES CAMBIADO POR "AFAC" (agencia federal de aviación civil) | La AFAC se encarga de establecer, administrar, coordinar, vigilar, operar y controlar los servicios de transporte aéreo nacional e internacional. |
SENEAM (servicio a la navegación en el espacio aéreo mexicano) | las funciones de SENEAM están relacionadas con la seguridad y orden aplicable al espacio aéreo mexicano. |
LLEVAR A CABO LAS FUNCIONES CON PERSONAL CAPACITADO, CON OBJETIVO DE.: | 1- Administrar las instalaciones de ayudas a la navegación (infraestructuras). 2- Planear, ejecutar y controlar las inversiones. 3- Proporcionar los servicios de ayuda a la navegación aérea. |
SERVICIOS DE CONTROL DE TRANSITO DE AEREO | *Servicio de control de aeródromo *Servicio de aproximación *Servicio de control de aérea |
EJEMPLO GRAFICO DE SERVICIOS | Centro= aeropuerto 2do nivel= control aeródromo 3er nivel= aproximación 4to nivel= control de área |
SERVICIO DE CONTROL DE AERODROMO: | Este servicio lo proporciona el controlador de transito aéreo desde la torre de control. Horizontal= 10 SM Vertical= 10, 000 ft |
SERVICIO DE APROXIMACION: | Lo proporciona los controladores de transito aéreo que se encuentran en las unidades de control de aproximación desde torre de control o desde un centro de control de área. Horizontal= 50 SM Vertical= 20"0 ft |
SERVICIO DE CONTROL DE AREA: | este servicio se proporciona desde los centros de todas las aeronaves con plan de vuelo por instrumentos que se encuentren volando a lo largo de las aerovías o rutas aéreas designadas. Horizontal= +50 SM Vertical= arriba de 20"0 ft |
ESPACIO AEREO | Los servicios e navegación aérea se proporcionan en el espacio aéreo. Este espacio se divide mundialmente en regiones de navegación aérea que abarcan varios paises. |
DIVICION DE ESPACIO AEREO EN EL PAIS | El espacio aereo para los efectos de control se divide verticalmente en "Espacio aéreo superior" y "Espacio aéreo Inferior" |
ESPACIO AEREO INFERIOR | Esta comprendido entre la superficie del terreno o del agua y hasta sin in incluir los 20"0 ft (19,000 ft) |
ESPACIO AEREO SUPERIOR | Es a partir de los 20"0 ft hacia arriba sin limite. (excepto en vuelos comerciales que la elevación máxima es 45"0 f) |
CENTRO DE CONTROL DE TRANSITO AEREO | Las regiones de información de vuelo se dividen a su vez en: Espacio aéreo controlado (con plan de vuelo) y Espacio aéreo no controlado (sin plan de vuelo). |
CREI (cuerpo de rescate y extinción de incendios) | Encargado del rescate, búsqueda, y salvamento dentro y a los alrededores de un aeropuerto en México. |
SEAT (servicios de apoyo en tierra) | Es hoy la empresa líder en servicios complementarios para aeronaves y con una calidad aprobada certificada. |
SERVICIOS DE SEAT | *Rampa *Atencion a pasajeros *Mantenimiento a Equipo de apoyo en tierra *Control de carga, comunicaciones y despacho. *Representación, supervisión y administración... |
CENMA (centro nacional de medicina de aviacion) | Lugar donde se imparte el examen pdicofisico para todas personas que quieren obtener, recuperar u revalidar una licencia de transporte publico. |
C.E.R.M.A. (centro regional de medicina de aviacion) | Tiene las mismas funciones que CENMA solo que en regiones estratégicas del pais. |
ASA (aeropuertos y servicios auxiliares) | Es un organismo que no depende del gobierno federal, que cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio. |
ASA CONSULTORIAS | Esta enfocada en ofrecer asesoriaas en materia de estudios de planeación y desarrollo de proyectos para la optima operación de instalaciones aeroportuarias. |
ASA OPERACIONES | Proporciona servicios operacionales comerciales y complementarios en 21 aeropuertos de México. |
ASA COMBUSTIBLES | Es la encargada del suministr y comercializacion del combustible para la aviacion en 63 localidades del pais. (19 estado miembros) |
ASSA (asociación sindical de sobrecargos de aviación en México) | Es un sindicato exclusivo para los sobrecargos encargado de velar por sus derechos laborales. |
ASPA (asociación sindical de pilotos de aviadores) | Asociación que defiende los derechos laborales del piloto aviador a nivel nacional. Se fundo en 1958. |
CONVENIOS POSTERIORES A LA OACI | *Convenio de Ginebra de 1948: Este convenio trata del reconocimiento sobre una base internacional de la propiedad y otros derechos sobre las aeronaves de manera que cuando una aeronave cruce una frontera sigan protegidos los intereses de las personas que tiene dichos |
CONVENIO DE ROMA DE 1952 | Trata de los daños causados por aeronaves extranjeras a terceros en superficie. |
CONVENIO DE TOKIO 1963 | Este convenio dispone del estado de matricula, de las infracciones y actos cometidos a bordo. Su finalidad es lograr que las infracciones donde quieran que se cometan no queden impunes. |
CONVENIO DE HAYA DE 1970 | Este convenio habla todo sobre el apoderamiento ilícito de las aeronaves (secuestro). |
REGLAMENTO AERONAUTICO EN MEXICO | 1.- Reglamento a la ley de aviación civil. 2.- Reglamento de licencias al personal técnico aeronáutico. 3.- Reglamento de operaciones de aeronaves civiles (ROAC). 4.- Reglamento de comunicaciones aeronáuticas y radio-ayudas para la navegación aérea. 5.- Reglamento del servicio de transito aéreo. 6.- Reglamento de aeródromos y aeropuertos civiles. |
PERSONAL AERONAUTICO | El personal aeronáutico se divide en 2 con sus respectivas subdivisiones y son las siguientes: |
PERSONAL AUXILIAR | .- Trafico .- Trabajadores Generales .- Seguridad Privada. |
PERSONAL TECNICO (aquel que necesita estudios para obtener una licencia) | PERSONAL DE VUELO: .- PILOTOS .- SOBRECARGOS PERSONAL DE TIERRA: .- CONTROLADORES AEREOS .- DESPACHADORES U OFICIAL DE OPERACIONES .- METEOROLOGO .- MECANICO DE AVIACION. |
JERARQUIAS DE SOBRECARGOS | Mayor de sobrecaargos: La mayor de sobrecargos es aquella persona encargada de la tripulación de sobrecargos. Por lo general es la de mayor experiencia o mejor calificada para el puesto. Se distingue por tener la ala completa y su mascada puede tener un tono de color diferente. |
SOBRECARGO INTERMEDIA O INICIAL | La sobrecargo Intermedia o Inicial es por el tiempo dentro de al compañía y se distinguen por tener media ala. |
JERARQUIA DE PILOTOS | CAPITAN: El capitán o comandante de la aeronave es una persona con un tiempo considerable dentro de la compañía y por su capacidad que este tiene para el tipo de aeronave que esta volando. Es la máxima autoridad dentro del avión y se distingue por tener sus 4 barras. |
PRIMER OFICAL O COPILOTO | El primer oficial o co-piloto se distingue por tener 3 barras, es un piloto igual que el capitán pero con menor experiencia y es el segundo al mando. |
REQUISITOS PARA OBTENER LICENCIA DEL PERSONAL TECNICO AERONAUTICO. | Sobrecargo: 1.- Examen Psicofísico clase 2, expedido por CENMA o CERMA. 2.- Certificado de estudios expedido por la institución donde se estudió. 3.- Mayor de edad, es decir mayor de 18 años. 4.- Certificado de preparatoria. 5.- Curso aeromedico, expedido por CENMA o CERMA. |
ARTICULO 112: | Antes del despegue, el personal de vuelo debe dar a conocer a los pasajeros el nombre del comandante o piloto al mando de la aeronave y asegurarse que estén al tanto de los procedimientos, ubicación y el uso de: I. Los cinturones de seguridad; II. Los chalecos salvavidas, o bien, dispositivos equivalentes de flotación individual, si está prescrito llevarlos a bordo; III. El equipo de oxígeno, si se prescribe el suministro de oxígeno para uso de los pasajeros; IV. Las salidas de emergencia de la aeronave, y V. Los procedimientos para la evacuación de la aeronave en tierra o acuatizaje de emergencia. |
ARTICULO 77: | El personal de vuelo está formado por la tripulación de vuelo y la tripulación de sobrecargos. Las licencias para el personal de vuelo se clasifican en: I. Piloto de ala fija: a) privado; b) agrícola; c) comercial, y d) de transporte público ilimitado; Inciso reformado DOF 08-08-2000 y 05-10-2000 II. Piloto de helicóptero: a) privado; b) agrícola; Reglamento de la Ley de Aviación Civil LV - 34 c) comercial, y d) de transporte público ilimitado; Inciso reformado DOF 08-08-2000 y 05-10-2000 III. Piloto de aeróstato: a) privado de vuelo libre; b) privado de vuelo dirigido; c) comercial de vuelo libre, y d) comercial de vuelo dirigido; IV. Piloto de aeronaves ultraligeras: a) privado, y b) comercial; V. Piloto de planeador; VI. De sobrecargo, y VII. Otras que determine la Secretaría de conformidad con los tratados internacionales aplicables. |
ARTICULO 85 | La tripulacion de sobrecargos tiene como principal funcion auxiliar al comandante o piloto al mando de la aeronave en el cumplimiento de las disposiciones en materia de seguridad y emergencia en la cabina de pasajeros de la aeronave durante la operación del vuelo. Así mismo tiene a su cargo la atención a los pasajeros y las demás funciones que le asigne el consecionario o permisionario. La actuación de los sobrecargos será siempre bajo las órdenes del comandante de la aeronave. |
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