Pregunta | Respuesta |
Lavado de Dinero | Es cualquier tentativa por ocultar o disfrazar la identidad de los fondos obtenidos ilegalmente de manera que aparezcan como originado por fuentes legitimas |
Etapas del proceso de Lavado de Dinero | 1. Colocación 2. Diversificación 3. Integración |
Colocación | Ingresar los recursos de procedencia ilícita al sistema financiero. (Cómo entra el dinero) |
Diversificación | Efectuar operaciones financieras complejas que permitan ocultar su origen. (Cómo se disfraza el dinero) |
Integración | Justificar legalmente el dinero y producto obtenido. (Cómo regresa el dinero a la economía formal) |
Políticas de conocimiento del usuario | Son los lineamientos establecidos, así como los criterios, medidas y procedimientos |
Operación inusual | La operación, actividad, conducta o comportamiento que no concuerde con los antecedentes o actividad conocida o declarada por el usuario, o con su patrón habitual de comportamiento transaccional, en función al monto, frecuencia, tipo o naturaleza de la operación de que se trate, sin que exista una justificación razonable para dicho comportamiento |
Operación Preocupante | La operación, actividad, conducta o comportamiento de los directivos, funcionarios, empleados y apoderados respectivos de las Casas de Bolsa y Especialistas Bursátiles que por sus características, pudieran contravenir o vulnerar la aplicación de lo dispuesto en la ley y las disposiciones, o aquella que por cualquier otra causa resulte dubitativa para las Casas de Bolsa y Especialistas Bursátiles |
Operación Relevante | Operación que se realice con los billetes y las monedas metálicas de curso legal, así como, con cheques de viajero por un monto igual o superior al equivalente en moneda nacional a 10,000 USD |
Comité de Comunicación y Control | Órgano Colegiado encargado de vigilar la aplicación de las políticas de identificación y conocimiento del usuario, así como la aplicación de los criterios y medidas de Prevención de Lavado de Dinero con el que debe contar cada Casa de Bolsa |
Oficial de Cumplimiento | funcionario que el Comité de las Casas de Bolsa designará de entre sus miembros |
Comité de Comunicación y Control de las Casas de Bolsa | debe aprobar las políticas de identificación y conocimiento del usuario , los criterios, medidas y procedimientos que las Casas de Bolsa y Especialistas Bursátiles desarrollen para su debido cumplimiento |
Sistema de Alertas de la Casa de Bolsa | Contribuye a la detección oportuna, seguimiento y análisis de las posibles operaciones inusuales y operaciones preocupantes |
Art. 52 Bis de la "Ley de Mercado de Valores" | Artículo que establece las medidas y procedimientos mínimos que las Casas de Bolsa y Especialistas Bursátiles deberán observar, para prevenir, detectar y reportar los actos, omisiones u operaciones que pudieran favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie a la comisión del delito |
Usuario | En singular o plural, es cualquier persona física o moral, cuentahabiente, que utilice los servicios que prestan las Casas de Bolsa y Especialistas Bursátiles |
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