Conceptos de Derecho Administrativo 2

Descripción

derecho Derecho Administrativo Fichas sobre Conceptos de Derecho Administrativo 2, creado por Mario Quezada Espinoza el 19/09/2015.
Mario Quezada Espinoza
Fichas por Mario Quezada Espinoza, actualizado hace más de 1 año
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Creado por Mario Quezada Espinoza hace alrededor de 9 años
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Resumen del Recurso

Pregunta Respuesta
Las Potestades Publicas: "Son poderes de actuación conferidos por el ordenamiento jurídico a la administración del Estado, y que consisten en la facultad de obligar a terceros mediante declaraciones unilaterales de voluntad." Potestades publicas de la administración VS Derechos subjetivos. En cuanto a su fuente: Potestades: Nacen directamente del ordenamiento jurídico y no de relaciones previas. Derechos Subjetivos: Nacen de relaciones jurídicas pero no del ordenamiento directamente. En cuanto a su objeto Potestades: No tienen un objeto determinado. las potestades publicas implican un poder jurídico general y abstracto. Derechos subjetivos: es una prestación concreta u determinada respecto de una persona. En cuanto a los sujetos obligados. Potestades: Existe una sujeción de todos al ordenamiento jurídico y con ello soportar los efectos de una potestad. Derechos subjetivos: Hay sujetos pasivos y obligados.
Fundamento Jurídico de las potestades publicas: Art 64 inciso 4º numero 2 CPL A) Las potestades publicas atribuidas a un órgano del Estado deben siempre tener su origen en la ley o en la Constitución. B) Las leyes que otorgan potestades publicas a los órganos de la administración del Estado deben nacer de una iniciativa del presidente. C) No puede el presidente atribuirse potestades publicas en virtud de una potestad reglamentaria. Estructura básica de las potestades publicas: Supuesto de hecho: "son las circunstancias materiales que deben concurrir para que la administración se encuentre facultada para hacer uso de la potestad." Decisión "Es la ejecución especifica y concreta del ejercicio de la potestad"
Clasificación de las potestades publicas: Según su efecto Innovativas= "por medio de ellas se crean, modifican o extinguen relaciones jurídicas concretas" Conservativas= "Buscan mantener situaciones jurídicas preexistentes, sin innovar. Según los destinatarios Supremacía general= "son aquellas que se aplican en generalidad a las personas" Supremacía especial= "son aquellas que se ejercen respecto a ciertas personas en una situación concreta" Según su contenido Imperativa= "implica la facultad de dar ordenes a los administrados" Reglamentaria= es la facultad de dictar normas obligatorias, generales y permanentes. Potestad sancionatoria: "Es la facultad que tiene la administración del Estado para imponer sanciones a sus funcionarios o a los Administrados" puede ser disciplinaria o correctiva. Potestad de revisión de oficio de actos de la administración: "la administración del Estado puede dejar sin efecto de oficio y en forma unilateral actos administrativos que han sido dictados con infracción al principio de juridicidad.
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