Creado por Dhairen Ramírez Hernández
hace más de 2 años
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Pregunta | Respuesta |
órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dotado de autonomía técnica y facultades ejecutivas, con competencia funcional propia | Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro |
La coordinación, regulación, supervisión y vigilancia de los sistemas de ahorro para el retiro están a cargo de ella | Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro |
aquélla conformada por la información procedente de los sistemas de ahorro para el retiro, conteniendo la información individual de cada trabajador y el registro de la administradora o institución de crédito en que cada uno de éstos se encuentra afiliado; | Base de Datos Nacional SAR, |
aquélla de la que sea titular un trabajador en la cual se depositarán las cuotas obrero patronales y estatales y sus rendimientos, se registrarán las aportaciones a los fondos de vivienda y se depositarán los demás recursos que en términos de esta ley puedan ser aportados a las mismas, así como aquellas otras que se abran a otros trabajadores no afiliados | Cuenta Individual |
empresas concesionarias para operar la Base de Datos Nacional SAR | Empresas operadoras |
fondos de pensiones o jubilaciones de personal, de primas de antigüedad, así como fondos de ahorro establecidos por empresas privadas, dependencias o entidades públicas federales, estatales o municipales o por cualquier otra persona, como una prestación laboral a favor de los trabajadores | Fondos de Previsión Social |
los indicadores que reflejan los rendimientos menos las comisiones, que hayan obtenido los trabajadores por la inversión de sus recursos en las Sociedades de Inversión. | Rendimiento Neto |
el que tenga una persona física o moral, que directa o indirectamente a través de la participación en el capital social o por cualquier título tenga la facultad de determinar el manejo de una sociedad; | Nexo Patrimonial |
las personas morales que no tengan nexo patrimonial con una administradora | Partes Independientes |
instituciones de crédito, administradoras de fondos para el retiro, sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, empresas operadoras, empresas que presten servicios complementarios o auxiliares directamente relacionados con los sistemas de ahorro para el retiro y las entidades receptoras | Participantes en los sistemas de ahorro para el retiro |
aquéllos regulados por las leyes de seguridad social que prevén que las aportaciones de los trabajadores, patrones y del Estado sean manejadas a través de cuentas individuales propiedad de los trabajadores, con el fin de acumular saldos, mismos que se aplicarán para fines de previsión social o para la obtención de pensiones o como complemento de éstas | Sistemas de Ahorro para el Retiro |
a los trabajadores afiliados, así como a cualquier otra persona que tenga derecho a la apertura de una cuenta individual | Trabajador |
a los trabajadores inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social | Trabajador Afiliado |
los trabajadores que no se encuentren inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social | Trabajador no Afiliado |
la prestación de servicios subordinados | Vínculo Laboral |
La Junta de Gobierno estará integrada por | el Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien la presidirá, el Presidente de la Comisión, dos vicepresidentes de la misma y otros trece vocales. |
Los órganos de gobierno de la Comisión serán | la Junta de Gobierno, la Presidencia y el Comité Consultivo y de Vigilancia. |
son entidades financieras que se dedican de manera habitual y profesional a administrar las cuentas individuales y canalizar los recursos de las subcuentas que las integran en términos de la presente ley, así como a administrar sociedades de inversión. | Las Administradoras |
Las administradoras deberán incluir en estos, sin costo adicional, el salario base de cotización y el número de días laborados declarados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social para efecto del pago de cuotas. | los estados de cuenta que tienen obligación de emitir a los trabajadores afiliados |
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