SARLAFT

Descripción

Mapa Mental sobre SARLAFT, creado por Malejita Santand el 17/07/2014.
Malejita Santand
Mapa Mental por Malejita Santand, actualizado hace más de 1 año
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Resumen del Recurso

SARLAFT

Nota:

  • SARLAFT
  1. sistema de administracion que se deben aplicar en las entidades vigiladas para que no se an atentadas con el lavado de activos y el terrorismo
    1. PRIMERA FASE
      1. corresponde a la prevención del riesgo. Su objetivo es prevenir que se introduzcan al sistema financiero recursos provenientes de actividades Análisis del Sistema de administración del riesgo del lavado de activos y financiación del terrorismo .
        1. LAVADO DE ACTIVOS
          1. Es el mecanismo a través del cual se oculta el verdadero origen de dineros provenientes de actividades ilegales, tanto en moneda nacional como extranjera y cuyo fin, es vincularlos como legítimos dentro del sistema económico de un país. Son dineros provenientes de actividades ilegales como el tráfico de drogas, el secuestro, la extorsión, el boleteo, la evasión fiscal o de recursos provenientes de funcionarios corruptos tanto del sector privado como del sector público, etc., los cuales pueden ser depositados o pasados por las diferentes entidades para el respectivo “lavado”, tipificando conductas delictuosas contempladas por las Leyes de los diferentes países.
            1. Se define también al Lavado de Activos, (LA) como las acciones que dan apariencia de legalidad a recursos de origen ilícito. En la mayoría de los países del mundo, ésta conducta es considerada delito y se conoce también como lavado de dinero, blanqueo de capitales, o legitimación de capitales.
              1. Se entiende por riesgo de LA/FT (Lavado de Activos/Financiación del Terrorismo) la posibilidad de pérdida o daño, que puede sufrir una entidad vigilada por su propensión a ser utilizada directamente o a través de sus operaciones como instrumento para el lavado de activos y/o canalización de recursos hacia la realización de actividades terroristas, o cuando se pretenda el ocultamiento de activos provenientes de dichas actividades. El riesgo de LA/FT se materializa a través de los riesgos asociados, estos son: el legal, reputacional, operativo y de contagio, a los que se expone la entidad, con el consecuente efecto económico negativo que ello puede representar para su estabilidad financiera cuando es utilizada para tales actividades.
                1. El lavado de activos y la financiación del terrorismo representan una gran amenaza para la estabilidad del sistema financiero y la integridad de los mercados por su carácter global y las redes utilizadas para el manejo de tales recursos. Tal circunstancia, destaca la importancia y urgencia de combatirlos, resultando esencial el papel que para tal propósito deben desempeñar las entidades sometidas a la
      2. SEGUNDA FASE
        1. corresponde al control. Su propósito consiste en detectar las operaciones que se pretendan realizar o que se hayan realizado, para intentar dar apariencia de legalidad a operaciones vinculadas al LA/FT.
          1. Es deber de las entidades vigiladas, revisar periódicamente las etapas y elementos del SARLAFT a fin de realizar los ajustes que consideren necesarios para su efectivo, eficiente y oportuno funcionamiento. El SARLAFT debe abarcar todas las actividades que realizan las entidades vigiladas en desarrollo de su objeto social principal.
        2. ETAPAS
          1. IDENTIFICACION DEL RIESGO
            1. permitir a las entidades vigiladas, identificar los riesgos de LA/FT inherentes al desarrollo de su actividad, teniendo en cuenta los factores de riesgo definidos en la presente circular. Esta etapa debe realizarse previamente al lanzamiento de cualquier producto, la modificación de sus características, la incursión en un nuevo mercado, la apertura de operaciones en nuevas jurisdicciones y el lanzamiento o modificación de los canales de distribución
              1. MEDICION O EVALUACION
                1. Concluida la etapa de identificación, el SARLAFT debe permitirle a las entidades vigiladas medir la posibilidad o probabilidad de ocurrencia del riesgo inherente de LA/FT frente a cada uno de los factores de riesgo, así como el impacto en caso de materializarse mediante los riesgos asociados
                  1. MONITOREO
                    1. Esta etapa debe permitir a las entidades vigiladas hacer seguimiento a los perfiles de riesgo y, en general, al SARLAFT, así como llevar a cabo la detección de operaciones inusuales y/o sospechosas. El monitoreo debe permitir a las entidades, comparar la evolución del riesgo inherente con el riesgo residual de cada factor de riesgo y de los riesgos asociados, tanto en forma desagregada como consolidada.
                      1. Como resultado de esta etapa, la entidad debe desarrollar reportes que permitan establecer las evoluciones del riesgo de la misma, así como la eficiencia de los controles implementados. Así mismo en esta etapa se deben determinar las operaciones inusuales y sospechosas
                        1. CONTROL
                          1. En esta etapa las entidades vigiladas deben tomar las medidas conducentes a controlar el riesgo inherente al que se ven expuestas, en razón de los factores de riesgo y de los riesgos asociados.Realizar los reportes de operaciones sospechosas a la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero – UIAF. Como resultado de esta etapa, la entidad debe establecer su perfil de riesgo de LA/FT consolidado frente a todos los factores de riesgo y los riesgos asociados. El control debe traducirse en una disminución de la posibilidad de ocurrencia y del impacto del riesgo de LA/FT en caso de materializarse.
                            1. Establecer las metodologías para definir las medidas de control del riesgo de LA/FT. b. Aplicar las metodologías establecidas en desarrollo del literal anterior, sobre cada uno de los factores de riesgo y los riesgos asociados. c. Establecer los niveles de exposición, en razón de la calificación dada a los factores de riesgo en la etapa de medición
                      2. Establecer las metodologías de medición o evaluación con el fin de determinar la posibilidad o probabilidad de ocurrencia del riesgo de LA/FT y su impacto en caso de materializarse frente a cada uno de los factores de riesgo y los riesgos asociados. b. Aplicar las metodologías establecidas en desarrollo del literal anterior, para realizar una medición o evaluación consolidada de los factores de riesgo y los riesgos asociados. Como resultado de esta etapa, las entidades deben estar en capacidad de establecer el perfil de riesgo inherente, tanto en forma desagregada como consolidada, en cada factor de riesgo y en sus riesgos asociados.
                    2. Establecer las metodologías para la segmentación de los factores de riesgo. b. Con base en las metodologías establecidas en desarrollo del literal anterior, segmentar los factores de riesgo. Establecer las metodologías para la identificación del riesgo de LA/FT y sus riesgos asociados respecto de cada uno de los factores de riesgo. Con base en las metodologías establecidas en desarrollo del literal anterior, identificar las formas a través de las cuales se puede presentar el riesgo de LA/FT. Como resultado de esta etapa, las entidades vigiladas deben estar en capacidad de identificar los factores de riesgo y los riesgos asociados a los cuales se ven expuestos en relación al riesgo de LA/FT.
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