Principales cambios en el impuesto sobre la renta de personas naturales segun la ley 1819 de 2016
Descripción
Mapa Mental sobre Principales cambios en el impuesto sobre la renta de personas naturales segun la ley 1819 de 2016, creado por Cristina Montoya el 09/10/2017.
Principales cambios en el impuesto sobre
la renta de personas naturales segun la
ley 1819 de 2016
En el artículo 1º. (nuevos artículos 330, 331
y 332 del ET) se clasifican las rentas en 5
cédulas, denominadas “rentas cedulares” .
Para determinar la renta líquida, a cada una
de estas solo podrán restarse las rentas no
constitutivas de renta gravable, exenciones
y deducciones específicas que tengan
relación de causalidad con ellas
Artículo 336 sobre renta cedular laboral:
“Podrán restarse todas las rentas exentas y
las deducciones imputables a esta cédula,
siempre que no excedan el 40%” del total de
rentas de trabajo y sin que puedan exceder
5.040 UVT.
Artículo 339 sobre renta líquida cedular de
las rentas de capital: “Las rentas exentas y
las deducciones imputables a esta cédula”
no podrán exceder el 10% del total ni 1.000
UVT.
Artículo 341 sobre renta líquida cedular de
las rentas no laborales: al igual que para
las rentas de capital, las rentas exentas y
deducciones imputables no podrán
exceder el 10% ni 1.000 UVT
En el artículo 5º. de la ley se establecen dos
tarifas diferentes para el impuesto sobre la
renta: en su numeral 1 para la renta líquida
laboral y de pensiones y en el 2 para la renta
líquida no laboral y de capital.
El artículo 6º. fija tarifa especial para dividendos
y participaciones de personas naturales
residentes en el país, mientras el artículo 7º.
indica que esta tarifa será del 5% para no
residentes
El artículo 10º. (que modifica el artículo 247 del ET) asigna
una tarifa única del 35% para personas naturales no
residentes en Colombia, con excepción de los profesores
extranjeros contratados por períodos no superiores a 182
días, a los que se aplicará una tarifa del 7%.
Se modifica la forma de determinar la base para
aplicar retención en la fuente sobre rentas de
trabajo de personas naturales.
El artículo 19º. modifica el artículo 594-3 del ET,
en cuanto a los requisitos para no estar
obligado a presentar declaración de renta y
complementarios.