LAS RAMAS EJECUTIVA Y
JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO
EN LA CONSTITUCIÓN
COLOMBIANA DE 1991
JURISDICCIÓN
CONSTITUCIONAL Y
SUPREMACÍA DE LA
CONSTITUCIÓN
Para el estudio de ésta jurisdicción es
necesario entender los conceptos de
Rigidez de la Constitución
Es la necesidad de procedimientos
especiales y cualificados para la reforma
de las normas constitucionales
Esto supone el entendimiento de la Constitución
como una norma de especial cualificación, la
primera de las normas del ordenamiento entero, la
norma fundamental situada por encima de las
restantes fuentes del derecho y que en consecuencia
goza de un régimen especial para su promulgación y
enmienda que la distingue de las leyes ordinarias
Sin embargo, entender la Jurisdicción Constitucional desde tan solo estos dos elementos
implica entender que su objeto se agota en la mera defensa del principio formal de la
supremacía constitucional
PROPÓSITO ÚLTIMO
Preservar el sistema de valores consagrado en la Constitución, es decir, asegurar su eficacia normativa
Teniendo que de la union de estos tres elementos
Supremacía de la Constitución
Rigidez de la Constitución
Eficacia normativa de la misma
Se debe interpretar y entender la
justicia constitucional y surge con
claridad la necesidad de un control de
la constitucionalidad de las leyes
CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
Supremacía de la Constitución
LOS SISTEMAS DE CONTROL CONSTITUCIONAL
EL SISTEMA AMERICANO
ANTECEDENTES
Control de constitucionalidad de las leyes confiado a la jurisdicción
Sistema juridico de las colonias
americanas antes de la
Independencia 1776
Las colonias podian dotarse de sus propias normas
siempre que no contradijeran las leyes inglesas, y esto
habia llevado a una extendida práctica:
Los jueces no aplicaban la ley americana
cuando contenía una norma contraria a la ley
inglesa
Luego de la Independencia y tras la sustitucion de los estatutos
ingleses por las Constituciones propias de los nuevos Estados se
mantuvo de la siguiente forma:
Los jueces eran los encargados de controlar la adecuación de
las leyes a la Constitución aunque esta tarea no estuviera
expresamente consagrada en la Constitución Federal
Constitución de 1787
En la sección II de su artículo 3° prevé al regular las
competencias del poder judicial federal que a éste le
corresponden: Todas las controversias con motivo de
derecho escrito que surjan con motivo de la Constitución
Aunque en principio ésta era una disposición dirigida a
salvaguardar la división de competencias entre la Unión y
los Estados federados
Se terminó entendiendo como
HAMILTON: Control judicial de la legislación
Entendiendo los tribunales como un cuerpo intermedio entre
el pueblo y la legislatura, con la finalidad entre otras varias,
de mantener esta última dentro de los límites asignados a su
autoridad.
La interpretación de las leyes es propia y
peculiarmente de la incumbencia de los tribunales.
Una Constitución es de hecho una ley fundamental y así debe ser considerada por los jueces. A ellos
pertenece, por lo tanto, determinar su significado, asi como el de cualquier ley que provenga del cuerpo
legislativo. Y si ocurriere que entre las dos hay una discrepancia, debe preferirse como es natural, aquella que
posee fuerza obligatoria y validez superiores, debe preferirse la Constitución a la ley ordinaria, la intencion
del pueblo a la intención de sus mandatarios
Caso Marbury vs Madison 1803
El juez Marshall
"La cuestión de si una ley contraria a la
Constitución puede convertirse en ley del
país, es un problema de gran interés para
Estados Unidos"
"Una ley contraria a la Constitución es nula y los
tribunales, así como otras dependencias quedan
obligados por ese instrumento"
Caso Dred vs Scott 1857
En donde la Corte Suprema de Justicia anula la norma que divide el
territorio y habilitaba la esclavitud pues esta iba en contra de una
garantia en la Constitución
La salvaguarda del derecho de la propiedad ya que
quienes tenian esclavos no podian desplazarse al
norte pues perdían sus derechos de propiedad bajo
esa norma
Guerra de Secesión
Características
Aquel que tiene lugar cuando una de las partes
en el curso de un proceso ante la jurisdicción
ordinaria opone la posible inconstitucionalidad
de la norma en principio aplicable al caso
La cuestión propuesta se resuelve como un
incidente en el desarrollo del proceso y la
eventual apreciación de inconstitucionalidad
encuentra su reflejo en la sentencia, dictada, en
caso de ser acogida la excepción, como si la norma
impugnada no existiera.
CONTROL DIFUSO ( o "judicial review")
Ya que radica en cabeza de todas las autoridades judiciales, y de
control concreto pues apunta a la salvaguardia de los derechos
específicos de las partes en conflicto. Es un control que en
general apunta en mayor medida a la protección de los ds y
libertades de los impugnantes
La Corte Suprema unifica la jurisprudencia de los tribunales de inferior jerarquía
Y sus decisiones, aunque en principio sólo tiene efectos para el caso concreto, terminan
en virtud del "stare decisis" (es decir, el respeto al precedente judicial), siendo aplicadas
para solucionar todos los casos en los que es aplicable la norma en cuestión
EL SISTEMA EUROPEO
¿Por qué no adoptaron un sistema de
control semejante al judicial review
norteamericano?
- Principio de soberanía parlamentaria
-Fuerte burocratización del sistema judicial,
tradicionalmente "separado", y vinculado
directamente a la ley
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.