Miembros de la Policía Nacional, violaron protocolos de intervención en el CRS El Turi?
Art. 89 del la Constitución de la República del
Ecuador: "proteger la vida y la integridad física
de las personas privadas de libertad"
procede si cumple Art. 45 de
LOGJCC
1.- Cuando exista cualquier forma de tortura
Los internos del CRS El Turi reclaman: trato cruel, inhumano,
degradante, tortura
SI
artículo 16 última parte de la LOGJCC.- "Se presumirán ciertos
los hechos de la demanda cuando la entidad pública accionada
no demuestre lo contrario o no suministre la información
solicitada, siempre que de otros elementos de convicción no
resulte una conclusión contraria"
videos de seguridad del CRS
Turi, no existe prueba alguna
del encierro que alegan los
policias
no se cuenta con videos del
día de los hechos, no es
posible recuperar los videos
borrados
lo observado en los videos presentados son prueba de cargo
internos totalmente
sometidos, boca abajo
SI
realizando ejercicios de
calistenia totalmente
desnudos
SI
proceden a golpearles con
fuerza en sus espaldas, cabeza,
a pisarles,
SI
Artículo 471.- No
requieren
autorización
judicial las
grabaciones de
audio, imágenes de
video o fotografía
relacionadas a un
hecho constitutivo
de infracción
SI
Art. 201 de la Constitución de
la República
El sistema de
rehabilitación social
tendrá como finalidad
la rehabilitación
integral de las
personas sentenciadas
penalmente para
reinsertarlas en la
sociedad, así como la
protección de las
personas privadas de
libertad y la garantía
de sus derechos.
SI
Art. 35.- (...)
"personas
privadas de
libertad
...recibirán
atención
prioritaria y
especializada en
los ámbitos
público y
privado"
SI
Control de convencionalidad
La Convención Americana de Derechos Humanos
expone: “art. 5. Numeral 1.- Toda persona tiene
derecho a que se respete su integridad física,
psíquica y moral. Numeral 2.- Nadie debe ser
sometido a torturas ni a penas o tratos crueles,
inhumanos o degradantes. Toda persona privada
de la libertad será tratada con el respeto debido a
la dignidad inherente al ser humano. Numeral 6.-
Las penas privativas de libertad tendrán como
finalidad esencial la reforma y la readaptación
social de los condenados.
Vulneraron Derechos Humanos y
no cumplieron principios
consagrados en la Constitución
Art. 18 del Reglamento del Sistema
Nacional de Rehabilitación Social precisa:
TRATO HUMANO: Toda Persona privada
de libertad será tratada humanamente,
con irrestricto respeto a su dignidad
inherente, a sus derechos y garantías
fundamentales, y con estricto apego a
los instrumentos internacionales de
derechos humanos
guardia penitenciario, se inmuta al accionar
de los policías
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.