Se comunica: instructor, inculpado, interesados y si está previsto, aldenunciante.
Contenido:
- Identificación delinculpado.
- Hechos, calificación y sanción.
- Identificación: instructor y secretario; régimen de recusación.
-OCR y normativa. Posibilidad de reconocer la responsabilidad (art.85) Resuelve el procedimiento.
- Medidas provisionales.
-Plazos de alegaciones y audiencia.
Excepcionalmente,cuando no hay suficientes elementos para la clasificación puede realizarseun pliego de cargos posteriormente.
Si reflejaun pronunciamiento preciso de la responsabilidad y no hay alegaciones, se puede considerar una propuesta de resolución.
Art. 85:
Orden de un org.superior
Petición razonada de otro org.
Denuncia
Especialidades
Resp. Patrimonial
Sancionador
A SOLICITUD DEL INTERESADO
Solicitud de iniciación
Nota:
- Puede agrupar a una pluralidad
- Se puede exigir el recibo (fecha y hora)
- Modelos voluntarios, pueden ir acompañados de otrosdoc.
- Modelos específicos, obligatorios.
Contenido:
- Identificación (no habla del DNI)
- Lugar/medio de notificación.
- Hechos, razones y petición.
- Firma.
- Organo y código.
Subsanación y mejora
Nota:
- Si no reune los requisitos hay un plazo de 10 días. Si no se presenta lo que falta se entiende por desistido.
-Se puede ampliar el plazo hasta 5 días si hay dificultades (excep. procesos selectivos).
- Si reune los requisitos, el OC puede avisar de la posibilidad de una modificación o mejora voluntaria.
- Si es obligatoria la comunicación elec., subsanación, y la fecha es la de la presentación elect.
Responsabilidad Patrimonial
Nota:
- 1 año desde: daño, manifestación, curación o determinación de las secuelas.
-Si es por anulación de un acto, 1 año desde la notificación.
En el contenidodeb quedar clara larelación causa-efecto. Tb. evaluación económica, si es posible y pruebas (alegaciones,documentos e informaciones).