La Oficina de Control Interno es el órgano de supervisión cuyo objetivo es evaluar y asesorar la gestión de la Entidad mediante auditorías planeadas, ejecutadas y su seguimiento para contribuir al cumplimiento de los objetivos institucionales y fortalecimiento del sistema de control interno. (SENA, 2015, p. 28)
Según Ley 87 de 1993, es uno de los componentes del Sistema de Control Interno
Organo de supervisión
Objetivo
Evaluar y sesorar la gestión de la entidad
Usa
Auditorías Planeadas
Ejecita seguimientos
Regulada por el marco normativo
Se encarga de
Acompañamiento
Evaluación de la gestión de
administración del riesgo
Evaluacion y seguimiento
Relación con entes
externos
Fomento de la cultura del
autocontrol.
norma NTCGP 1000:2009
Evalua el sistema de control
interno de la entidad
Usa
Modelo estándar de control
interno MECI
Propone
Recomendaciones al
representante legal
Principios
Autocontrol
Autogestión
Autoregulación
Roles
Alta dirección
Comité Nacional Coordinador de
Control Interno
Sub Comités Regionales de
Control Interno
Representante de la
Alta Dirección
Equipo MECI
Servidores
Públicos
Responsabilidades de la
Oficina de Control Interno
Facilitador
Evaluador
Responsabilidad de la entidad frente al
sistema de control interno
Representante Legal
Nota:
responsable de establecer y utilizar adecuados instrumentos de gestión que garanticen la correcta aplicación y utilización de las políticas y normas constitucionales y legales en materia de control interno
Directivos de la Entidad
Nota:
Aplicación de los métodos y
procedimientos al igual que la
calidad, eficiencia y eficacia
del control interno
Servidor público
Nota:
Tiene la obligación de realizar todas y cada una de sus acciones atendiendo los conceptos de autocontrol y autoevaluación.