Renta personas naturales

Descripción

Tributaria II Mapa Mental sobre Renta personas naturales, creado por Javier Pinto Hernandez el 17/03/2018.
Javier Pinto Hernandez
Mapa Mental por Javier Pinto Hernandez, actualizado hace más de 1 año
Javier Pinto Hernandez
Creado por Javier Pinto Hernandez hace casi 7 años
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1

Resumen del Recurso

Renta personas naturales

Nota:

  • j
  1. 5 cédulas de renta
    1. 1. Rentas de trabajo
      1. Art. 103 ET
        1. Incluye: salarios, comisiones, prestaciones sociales, viáticos, gastos de representación, honorarios, emolumentos eclesiásticos, compensaciones recibidas por el trabajo asociado cooperativo.
          1. Nueva versión del Art.366 del ET
            1. El tope máximo es el 40% de la renta líquida cedular.
              1. Su tarifa es progresiva según 4 rangos de renta líquida
      2. 2. Rentas de pensiones
        1. Art. 206 ET
          1. Incluye: pensiones de jubilación, de invalidez, de sobrevivientes, sobre riesgos profesionales, indemnizaciones y devoluciones de saldos pensionales.
            1. La nueva ley no propone reformas para este caso.
              1. Es excenta la parte de pago mensual que no exceda 1000 UVT
                1. Su tarifa es progresiva según 4 rangos de renta líquida
        2. 4. Rentas no laborales
          1. Nueva versión del Art. 341 del ET, (ver art. 1 de la ley 1819 de 2016
            1. Incluye: todos los demás ingresos que no se clasifiquen de manera expresa en las démas cédulas.
              1. Entre ellos honorarios de personas naturales, que presten servicios y contraten o vinculen por al menos 90 días continuos o discontinuos 2 o más trabajadores o contratistas asociados a la actividad.
                1. Como base de retención se tiene en cuenta el 100% de la renta líquida cedular, sin exceder los 1000 UVT
          2. 3. Rentas de capital
            1. Nueva versión del Art. 339 ET
              1. Incluye: intereses, rendimientos financieros, arrendamientos, regalías, explotación de la propiedad intelectual.
                1. Tope máximo:
                  1. 10% de la renta líquida cedular, ingresos totales de renta, menos los ingresos no constitutivos de renta, imputables y los costos y gastos.
                    1. No se puede exceder los 1000 UVT
            2. 5. Renta de dividendos y participaciones:
              1. Nueva versión del Art. 242 del ET.
                1. y articipaciones.pIncluye: dividendos
                  1. Dividendos y participaciones gravadas del 35%
                    1. Son considerados ingresos no constitutivo de renta ni ganancia ocasional.
                      1. Fuente: https://actualicese.com/actualidad/2017/01/04/5-cedulas-para-el-impuesto-de-renta-de-personas-naturales-en-2017-segun-reforma-tributaria/
            3. Tributaría II, NCR: 3395 Yuri Liliana Rodríguez Zarate, Id: 510965 George Hamilton Martínez Moreno, Id: 324607 Javier Pinto Hernández, Id: 487365 Tutor: Negia Cure Osorio Corporación Universitaria Minuto de Dios Contaduría Pública Bogotá 2017

              Nota:

              • JAVIER
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