LOS F.E.H.C.L EN CADA UNO DE SUS
PROCEDIMIENTOS DEBEN
EMPLEAR EN FORMA
OBLIGATORIA EL USO
PROGRESIVO, DIFERENCIADO Y
ADECUADO DE LA FUERZA COMO
LO ESTABLECEN LOS 26
PRINCIPIOS DEL USO DE LA
FUERZA DE 1990 Y EL ACUERDO
MINISTERIAL 4472 DEL 18 DE
AGOSTO DEL 2010.
MARCO JURÍDICO
INTERNACIONAL PARA
LA POBLACIÓN LGTBI
PACTO INTERNACIONAL DE
DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS
ECONÓMICOS SOCIALES Y CULTURALES
PRINCIPIO DE YOGYAKARTA
CONVENCIÓN AMERICANA DE
DERECHOS HUMANOS
INTERPRETACIÓN Y JURISPRUDENCIA
DE LA CORTE INTERAMERICANA DE
DERECHOS HUMANOS
MARCO JURÍDICO
NACIONAL PARA LA
POBLACIÓN LGTBI
CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA DEL ECUADOR DEL
20 DE OCTUBRE DEL 2008
CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL
LEY ORGÁNICA DE GESTIÓN DE LA
IDENTIDAD Y DATOS CIVILES
ACUERDO MINISTERIAL 1699
PROCEDIMIENTOS CON
PERSONAS SEXUALMENTE
DIVERSAS
LOS FUNCIONARIOS ENCARGADOS DE HACER
CUMPLIR LA LEY; CUMPLIENDO CON LO
ESTABLECIDO EN LOS ART. 66, NUMERALES (9,10);
ART. 67 Y ART. 163 LA CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA DEL ECUADOR DEL 20 DE OCTUBRE
DEL 2008, Y ART 478 NUMERAL (3) DEL CÓDIGO
ORGÁNICO INTEGRAL PENAL; CUANDO LLEVEN A
CABO PROCEDIMIENTOS CON LAS PERSONAS DE
GÉNERO SENSIBLE O GLBTI (GAY, LESBIANAS,
BISEXUALES, TRANSGÉNEROS E INTERSEX), DEBEN
RESPETAR EL DERECHO A LA DIGNIDAD Y NO
DISCRIMINACIÓN DE ESTAS PERSONAS.
PROCEDIMIENTOS
DE DEVIF
NUMERAL 1. CONCEDER LAS
BOLETAS DE AUXILIO, QUE FUEREN
NECESARIAS A LA MUJER O DEMÁS
MIEMBROS DEL NÚCLEO FAMILIAR
ARTÍCULO 1…LA PREVENCIÓN Y LA
SANCIÓN DE LA VIOLENCIA
INTRAFAMILIAR; ES DECIR, ACTÚA A
DOS NIVELES: ANTES Y DESPUÉS DE
COMETIDA LA ACCIÓN U OMISIÓN DE
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
NUMERAL 2.- ORDENAR LA SALIDA DEL AGRESOR DE LA VIVIENDA, SI
LA CONVIVENCIA IMPLICA UN RIESGO PARA LA SEGURIDAD FÍSICA,
PSÍQUICA O LA LIBERTAD SEXUAL DE LA FAMILIA
NUMERAL 3.- IMPONER AL AGRESOR LA
PROHIBICIÓN DE ACERCARSE A LA AGREDIDA EN
SU LUGAR DE TRABAJO O ESTUDIO
NUMERAL 4.- PROHIBIR O RESTRINGIR AL AGRESOR
EL ACCESO A LA PERSONA VIOLENTADA
NUMERAL 5.- EVITAR QUE EL AGRESOR, POR SI MISMO O
A TRAVÉS DE TERCERAS PERSONAS REALICE ACTOS DE
PERSECUCIÓN O DE INTIMIDACIÓN A LA VÍCTIMA O
ALGÚN MIEMBRO DE SU FAMILIA
NUMERAL 8.- ORDENAR EL TRATAMIENTO AL
QUE DEBEN SOMETERSE LAS PARTES Y LOS
HIJOS MENORES DE EDAD SI FUERE EL CASO
NUMERAL 6.- REINTEGRAR AL DOMICILIO A LA PERSONA AGREDIDA
DISPONIENDO LA SALIDA SIMULTÁNEA DEL AGRESOR, CUANDO SE
TRATARE DE UNA VIVIENDA COMÚN, IMPIDIÉNDOLE QUE RETIRE LOS
ENSERES DE USO DE LA FAMILIA
NUMERAL 7.- OTORGAR LA CUSTODIA DE LA VÍCTIMA MENOR
DE EDAD O INCAPAZ A PERSONA IDÓNEA SIGUIENDO LO
DISPUESTO EN EL CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA.
PROCEDIMIENTO CON ORDEN DE ALLANAMIENTO
CONTAR CON LA PRESENCIA DE LA AUTORIDAD QUE
EMITIÓ LA ORDEN DE ALLANAMIENTO.
PROCEDIMIENTOS INFRACCIÓN FLAGRANTE
“SI UNA PERSONA ES SORPRENDIDA EJERCIENDO CUALQUIERA DE LOS
TIPOS DE VIOLENCIA PREVISTOS EN ESTA LEY SERÁ APRENDIDO POR LOS
AGENTES DEL ORDEN Y CONDUCIDA DE INMEDIATO ANTE LA
AUTORIDAD COMPETENTE PARA SU JUZGAMIENTO POR FLAGRANCIA.
EN ACTOS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR (FÍSICA, PSICOLÓGICA O
SEXUAL), NO EXISTEN ACUERDOS, ARREGLOS EXTRAJUDICIALES,
MEDIACIÓN ALGUNA, NI SE APLICA FUERO DE NINGUNA NATURALEZA.
PROCEDIMIENTOS CON
MENORES DE EDAD
DEBE ATENDERLO/A SIEMPRE EN
UN ESPACIO ADECUADO
SI SE CONSIDERA INDISPENSABLE SE
PREGUNTARÁ DATOS BÁSICOS A LOS
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, ESTAS
PREGUNTAS NO PUEDEN TENER
CARÁCTER DE UN INTERROGATORIO
SE EXPLICARÁ A LA PERSONA ADULTA,
ADOLESCENTE, NIÑO O NIÑA LOS
DERECHOS QUE LE ASISTEN, Y EL
PROCEDIMIENTO A SEGUIR
INFORMAR SEGÚN EL CASO, A LA
(DINAPEN), PARA QUE TOMEN EL
PROCEDIMIENTO RESPECTIVO