Es un instrumento de promoción a las
exportaciones de productos
mexicanos, destinado a apoyar su
operación mediante facilidades
administrativas y fiscales.
ECEX (Registro de
Empresas De
Comercio Exterior)
Es un instrumento de promoción a las
exportaciones, mediante el cual las
empresas comercializadoras podrán
acceder a los mercados internacionales
con facilidades administrativas y apoyos
financieros de la banca de desarrollo.
IMMEX (Industria
Manofacturera
Maquiladora y de Servicios
de Exportacion)
Es un instrumento mediante el cual se permite
importar temporalmente los bienes necesarios
para ser utilizados en un proceso industrial o de
servicio destinado a la elaboración,
transformación o reparación de mercancías de
procedencia extranjera
PROSEC (Programas de
Programacion Sectorial)
Es un instrumento dirigido a personas
morales productoras de determinadas
mercancías, mediante los cuales se les
permite importar con arancel ad-valorem
preferencial
3.3
RESARCIR: Es cuando
tratas de compensar a
una persona por un daño
o por un perjuicio
COBERTURA: es la
que te ampara por si
hay un desperfecto
en un bien o servicio
SINIESTRO: es un
accidente o daño
que puede ser
indemnizado por la
aseguradora.
LEY EN LA
ACTIVIDAD DE
SEGUROS.
Ley Sobre el
Contrato de Seguros
PRIMA: es la que se
tiene que pagar por
algun tipo de seguro, la
prima puede ser
mensual o anual
POLIZA
es un contrato entre una
persona fisica o moral y una
compañía de seguros, que
establece los derechos y
obligaciones de ambos, en
relación al seguro contratado
MODALIDADES
1) TERRESTRE 2)
MARITIMO 3) AEREO
TIPOS DE POLIZA:
Existen muchos
tipos de polizas,
pero los mas
comunes son: 1)
credito 2) deudas 3)
seguros
3.2
ART. 28 LCE Las personas
físicas o morales que importen
mercancías en condiciones de
prácticas desleales de comercio
internacional estarán obligadas
al pago de una cuota
compensatoria conforme a lo
dispuesto en esta Ley.
ART. 51, 52, 53, 54, 55,
56,57 LCE Se iniciara oficio
en circunstancias especiales
cuando la Secretaría tenga
pruebas suficientes de la
discriminación de precios o
de subvenciones.
.Dentro de un plazo de 25
días, aceptar la solicitud y
declarar el inicio de la
investigación a través de
la resolución
Dentro de un
plazo de 20 días,
desechar la
solicitud cuando
no se cumpla con
los requisitos
establecidos en la
legislación
aplicable
La Secretaría publicará la resolución
correspondiente en el Diario Oficial
de la Federación, salvo para el caso
de desechamiento, y la notificará a
las partes interesadas de que tenga
conocimiento.
Dentro de un plazo de 90
días, contados a partir del
día siguiente de la
publicación en el DOF: Dar
por concluida la
investigación cuando no se
tengan mas pruebas de
discriminación de precios,
tambien no se podran poner
cuotas compensatorias
provicionales hasta que se
termine lo administrativo
ART. 62, 63, 64, 65, 66, 67,68 LCE
La secretaria determinaralas cuotas
compensatoriasl las cuales seran
equivalentes y podran ser menores
al margen de discriminacion de
precios cuando los productores no
hayan realizado exportaciones del
producto objeto de investigación
durante el período investigado
La Secretaria de
Hacienda y Credito
Publico (SHCP)
cobrara las cuotas
compensatorias
definitivas o
provicionales
Las cuotas compensatorias
definitivas estarán vigentes
durante el tiempo y en la
medida necesarios para
contrarrestar el daño a la
rama de producción nacional
3.1
El comercio exterior
requiere de una
estructura legal, que
la norme y le regule
ART. 73 CPEUM El Congreso tiene
facultad: Para admitir nuevos
Estados a la Unión Federal, para
cambiar la residencia de los
Supremos Poderes de la
Federación, para imponer las
contribuciones necesarias a cubrir
el Presupuesto y para impedir que
en el comercio de Estado a Estado
se establezcan restricciones
ART. 117 CPEUM (FRAC. IV-VII)
Los estados no pueden en ningun
caso: no se gravara el transito de
personas que atraviesen el
territorio asi como lo requiera
inspección o registro de bultos o
exija documentación que acompañe
la mercancía.
ART. 131 CPEUM Es
facultad privativa de la
Federación gravar las
mercancías que se
importen o exporten, o
que pasen de tránsito por
el territorio nacional.