La convención por la cual una o más
personas se obligan, con otra u otras, a
dar, hacer, o no hacer alguna cosa
Un acuerdo unánime entre dos o más personas para
constituir, reglar, modificar o extinguir un vínculo jurídico
Concepto legal
"El contrato es la convención por la cual una o más
personas se obligan, con otra u otras, a dar, hacer,
o no hacer alguna cosa"
"Contrato es un acuerdo unánime entre dos
o más personas para constituir, reglar,
modificar o extinguir un vínculo jurídico".
Definiciones del término
contrato en Venezuela
En Venezuela nuestros dos códigos civiles
(1862 y 1867) definían el contrato de manera
similar al del Código de Napoleón. Dichos
códigos establecían:
"Contrato o Convención es un acto por
el cual una parte se obliga para con
otra a dar, hacer o no hacer alguna
cosa".
Según el Código Civil
Venezolano (1942) Art, 1133.
"El Contrato en una convención entre dos
o más personas para constituir, reglar,
transmitir modificar o extinguir entre ellas
un vínculo jurídico".
Elementos esenciales del
Contrato
Consentimiento
Es la coincidencia de dos declaraciones de
voluntad que procediendo de dos sujetos
capaces, se unen concurriendo a un fin común.
Objeto
Es producir unas o varias
obligaciones de dar, hacer o no
hacer.
Causa
Es el origen o hecho
jurídico generador de
obligaciones o de un acto
jurídico.
Contrato de Trabajo
Es un acuerdo entre Patrono y el trabajador por el que
éste se obliga a prestar determinados servicios por
cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de
una retribución.
Contrato de Seguro
Es un acuerdo en el que participan dos partes: el
asegurador y el tomador, ambos, tienen obligaciones
y derechos que quedan estipulados en la celebración
del convenio. Tomador: es la persona física o moral
que suele contratar el seguro y asume la
responsabilidad de pagar el servicio.
Contrato de
Arrendamiento
Es un contrato en el que una
persona(arrendador), se obliga a
transferir temporalmente el uso y goce
de una cosa mueble o inmueble a otra
(arrendatario), quien a su vez se obliga a
pagar por ese uso o goce un precio cierto
y determinado.
Clasificación de los
Contratos
Unilaterales
Cada una de las partes o
es solamente acreedora
o solamente deudora
Bilaterales
Son aquellos contratos de
obligaciones recíprocas;
contienen una prestación y
una contraprestación
interrelacionadas
Oneroso
Es cuando derivan ventajas
recíprocas para ambas partes.
Consensuales
Son aquellos en que para el
nacimiento del contrato es
suficiente el acuerdo de voluntades
Clasificación Legal
El art. 1134, clasifica los contratos en primer término, en contratos
unilaterales y contratos bilaterales, un contrato es unilateral cuando
una sola de las partes se obliga y es bilateral cuando se obligan ambas
partes recíprocamente.
Art. 1135, clasificación de
los contratos en oneroso,
una de las partes trata de
procurarse a una ventaja
mediante un equivalente y
es gratuito cuando la parte
trata de procurar una
ventaja a la otra sin
equivalente.
Art. 1136, el contrato es aleatorio cuando para ambos o para uno
de ellos la ventaja depende de un hecho, las prestaciones son
equilibradas, en un contrato de seguro se paga y si no ocurre
ningún riesgo la otra parte no va a estar obligada, si ocurre un
riesgo la contraprestación es mayor a la cuota que se paga, la
ventaja depende de un hecho casual.
Tipos de Contrato Según el CCV
Preliminares
Promesa
Translativos De Dominio
a) Compra - venta b) Permuta c) Donación d) Mutuo
Translativos de Uso Y Goce
a) Arrendamiento. b) Subarrendamiento. c) Comodato. d) Depósito e) Mandato
Persiguen Un Fin Común
a) Asociación civil. b) Sociedad civil c) Aparcería de ganado. d) Aparcería agrícola o rural.
De Garantía O Accesorio.
a) Fianza. b) Prenda. c) Hipoteca.
Aleatorio
a) Renta vitalicia b) Juego y apuesta c) La compra de la esperanza