Garantizar la supremacía de las
normas y principios constitucionales
del Derecho Internacional o
Comunitario
Artículo 3
Infracción Constitucional
Se infringe la Constitución, cuando ello resulte de la
confrontación del texto de la norma o acto
cuestionado, de sus efectos, o de su interpretación o
aplicación por las autoridades públicas, con las
normas y principios constitucionales
Artículo 4
Competencia
La Justicia Constitucional la ejerce
la Sala Constitucional de la Corte
Suprema de Justicia
Artículo 8
Impulso de Oficio
y con celeridad, plazos improrrogables
Artículo 9
Rechazo
Forma
Por Improcedente o infundado
Fondo
En Cualquier momento
Por simple reiteración o reproducción de una
gestión anterior similar rechazada, salvo
que existan motivos para variar el criterio
Artículo
10
Tramitación
Preferentemente Oral
Comparecencia para formular conclusiones antes de la sentencia
Artículo
29
Amparo
Recurso que garantiza
los derechos y
libertades
fundamentales
Procede contra toda disposición, acuerdo o resolución y, en general, contra toda acción, omisión o
simple actuación material no fundada en un acto administrativo eficaz, de los servidores y
órganos públicos, que hayan violado,viole o amenace violar cualquier de aquellos derechos
Artículo 57
Amparo contra Sujetos de Derecho Privado
También contra las acciones u omisiones de sujetos de
Derecho privado, cuando éstos actúen o deban actuar
en el ejercicio de funciones o potestades públicas, o se
encuentren en posición de poder
Artículo 58
Legitimación
Pasiva (Artículo 59)
Autor del agravio o personeros si se
trata de persona jurídica
Activa
Cualquier Persona
Artículo 60
Temporalidad
Remite al artículo 35
Dentro de 2 meses
Artículo 61
Traslado
plazo 3 días mas la distancia
Artículo 62
Sentencia
Positiva
Declara ilegitimo el hecho u omisión
Negativa
Se obligará al responsable a
actuar en el sentido de respetar el
derecho que se trate
Artículo
31
Definitividad
No es necesario: reposición u
otro recurso administrativo
para la interposición del
amparo
Si el interesado opta por la vía
administrativa, se suspende el
plazo de prescripción
Artículo
32
Plazo de Interposición
Violación al derecho de petición
y de obtener pronta resolución
A partir de los 10 días de no
obtener respuesta a la solicitud
realizada
Artículo
33
Legitimación
Activa
Cualquier
persona
Artículo
34
Legitimación
Pasiva
El Servidor o titular del órgano que
aparezca como presunto autor del
agravio; si actuaron en cumplimiento de
ordenes o instrucciones superiores, se
entenderá establecido el amparo contra
ambos
Artículo
35
Temporalidad
Mientras subsista la violación
En cualquier
momento, hasta 2
meses desde que haya
cesado
Patrimoniales
Hasta 2 meses,
desde que cesó la
violación
Artículo 36
Prescripción del amparo
Por no haberse interpuesto en tiempo, no
será obstáculo para impugnar el acto o la
actuación en otra vía, si fuere posible
hacerlo conforme a la ley
Artículo
38
Escrito de Interposición Requisitos
Claridad en la descripción del hecho o la omisión; Indicar el
Derecho violado; Nombre del servidor, órgano que amenaza o
agravia; Pruebas de Cargo; No es indispensable citar norma; No
requiere autenticación
Forma
Memorial
Telegráma
Otro medio
gozan de franquicia
telegráfica
Artículo
39
Trámite
El Presidente de la sala corresponde la
tramitación; el Presidente designa en turno
riguroso; se sustancia en forma privilegiada,
salvo el habeas corpus
Artículo 42
Recurso Oscuro
Plazo de Subsanación
Dentro de los 3 días
No Corrige se rechaza
Artículo 43
Informe
Cuando no fuere procedente
rechazar de plazo o resolver
interlocutoriamente el
recurso
Se pide informe al órgano o
servidor
Artículo 44
Plazo para rendir el informe
3 días
Se rinde bajo juramento
Artículo 45
Informe Extemporaneo
Se da por cierto los hechos, se
resuelve sin más trámtie
Genera responsabilidad al
servidor que omitió el informe
Artículo 46
Negativo
El servidor ofrece pruebas
3 días para diligenciar pruebas
Artículo 47
Diligencias para mejor proveer
Es facultad de la Sala
Artículo 48
Resolución
En cualquier momento que la
Sala considere que las
actuciones u omisiones
impugnadas están
razonablemente fundadas en
normas vigentes, hayan sido
éstas atacadas o no también
como violatorias de los
derechos o libertades
reclamadas, así lo declarará
en resolución fundada, y
suspendera la tramitación y
le otorgará al recurrente un
término de quince días
hábiles para que formalice la
acción de
inconstitucionalidad contra
aquéllas. si no lo hiciere, se
archivará el expediente
Artículo 49
Efectos del Amparo Positivo
Tiene como objeto:
restituir o garantizar al
agraviado en el pleno
goce de sus derechos y
restablecer las cosas al
estado que guardaban
antes de la violación,
cuando fuere posible
Artículo 53
Firme la sentencia
El órgano o servidor
responsable de cumplirla,
debe hacerlo dentro de 48
horas, en caso de no
hacerlo, la Sala se dirijira
al superior para que lo
haga y abra el
procedimiento
disciplinario
En caso el superior no
cumpla en 48 horas, se
iniciará procedimiento
disciplinario
Artículo 54
SE procederá contra
el servidor si los
hechos u omisiones
en que incurrió,
constituye delito
Artículo 66
Derecho de Rectificación o Respuesta
El amparo garantiza el derecho de rectificación o
respuesta, conforme el artículo 14 de la
Convención Americana de los Derechos Humanos