Control Fiscal en la Constitución
Política de Colombia
Nota:
Todo lo concerniente al Control Fiscal en la Constitución Política de Colombia, lo podemos encontrar en el Titulo X “De los organismos de control”, capitulo 1 “De la Contraloría General de la Republica”
ARTICULO 267
Nota:
ARTICULO 267
El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual
vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o
bienes de la Nación.
El control se ejercerá en forma posterior y selectiva conforme a los procedimientos, sistemas y
principios que establezca la ley