se ejercerá por regla general dentro del proceso
penal
contra los partícipes del delito
El procedimiento para la reparación del daño y la
indemnización de perjuicios
Una vez cumplidos los
requisitos solicitados
Base legal articulo 416
COPP
El Juez determinara si la pretetencion tiene
lugar legalmente para la reparacion o
Indemnisacion
ADMITIDA
LA INDEMNIZACION O REPARACION DEL
DAÑO Y PERJUICIO MEDIANTE DECISION
DEL juez Art-417 COPP
Por parte del demadado de no estar de acuerdo con la decisicion en la
cuantia, para pedir la reparación o indemnización, u oponerse a la
clase y extensión de la reparación o al monto de la indemnización
requerida.
Objeciòn
El Juez o Jueza citará a las partes a una audiencia dentro de los cinco días
siguientes al vencimiento del término a que se refiere el numeral 3 del
artículo 417 de este Código.
Si se han formulado objeciones
El Juez o Jueza procurará conciliar a las partes,
dejando constancia de ello.
Si No se produce conciliación ordenará la
continuación del procedimiento
afijará la audiencia para que ésta se relice en un término no menor
de diez días ni mayor de treinta.
SI NO SE LOGRA LA
CONCILIACIÓN SE PRODUZCA EL
JUICIO ORAL Y PÚBLICO.
RECURSO CONTRA LA DECISION
DE INADMISIVILIDAD (ART. 397
COPP
No Admision
Solo una oportunidad para
presentarla de nuevo
La Indemnización de
Perjuicios
Las que tengan por objeto el pago de una suma de dinero, de ello
tenemos el art. 1277 CC
DEPENDERA SEGUN EL PATRIMONIO AFECTDO
Recursos
Denomínese así todo medio que concede la ley procesal para la impugnación de las resoluciones judiciales, a efectos
de subsanar los errores de fondo y los vicios de forma en que se haya incurrido al dictarlas
TIPOS
Extraordinarios
Casación
Revisión
Ordinarios
Revocación
Sólo procede contra los
autos de mera
sustanciación
El mismo tribunal debe examinar la
cuestión y dictar la que corresponda.
Es el único recurso admisible durante las
audiencias y debe ser resuelto de
inmediato sin suspenderlas .
Apelación
Llamado medio de impugnación ordinario
devolutivo presenta dos modalidades:
Apelación de Autos Apelación de
Sentencia Tribunal que dicta la
sentenciaCorte de Apelaciones
Decisiones Juez de Control
Organización de los
circuitos judiciales
penales
Circunscripción Judicial, en
dos instancias
una primera instancia,
integrada por
tribunales
unipersonales y mixtos
otra de apelaciones, integrada por
tribunales colegiados de jueces
profesionales
El Discurso
son textos orales o escritos, cuya función y
objetivo último es enseñar o convencer a un
público o auditorio sobre algo ya sea que actué
o piense de determinada manera.
TIPO DE DISCURSO
Narrativo es la exposición de
unos hechos por medio de una
trama y un argumento.
Expositivo es el que busca
informar de determinada
cuestión o aclararla
Argumentativo es
convencer, y a ello debe ir
dirigida cada palabra que
elijamos