Normas conflictuales de origen
convencional internacional
Conferencia Especializada Interamericana Sobre Derecho Internacional Privado
Adecuar el DIPr a las exigencias del mundo moderno y a las realidades hemisféricas.
Las seis convenciones aprobadas en Panamá abordaron temas relativos al derecho comercial y
procesal internacional, mediante una técnica mixta de normas materiales y de conflicto.
CIDIP I
Normas conflictuales en materia de letras de cambio, pagarés y facturas; cheques; sobre arbitraje
comercial internacional; sobre exhortos o cartas rogatorias; sobre recepción de pruebas en el extranjero,
y, finalmente, sobre régimen legal de poderes para ser utilizados en el extranjero.
CIDIP II
Conflicto de leyes en materia de cheques; conflicto de leyes en materia
de sociedades mercantiles; domicilio de las personas físicas; ejecución de
medidas provisionales; sobre normas generales de DIPr; sobre eficacia
extraterritorial de sentencias y laudos arbitrales extranjeros y sobre
prueba e información del derecho extranjero.
CIDIP III
Conflicto de leyes en materia de adopción internacional, sobre competencia en la esfera internacional
para la eficacia extraterritorial de las sentencias extranjeras y sobre personalidad y capacidad de las
personas jurídicas
CIDIP IV
Transporte de mercaderías por carretera, la restitución internacional de menores y las obligaciones
alimenticias
CIDIP V
Convención sobre Tráfico Internacional de Menores
y de Ley Aplicable a los Contratos Internacionales
CIDIP VI
Culminó con la celebración de una Ley Modelo Interamericana
sobre Garantías Mobiliarias; carta de porte directa negociable
que rige el transporte de las mercancías por carretera y un
instrumento sobre ley aplicable y jurisdicción internacional
competente en materia de responsabilidad civil
extracontractual.
Conferencia de La Haya
México aprobó el Estatuto de la Conferencia de La Haya sobre Derecho Internacional Privado
mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 28 de enero de 1986.
Este instrumento cuenta con articulado breve, apenas quince artículos conforman su texto. Entre los
más destacables encontramos su artículo 1o. que expresa que los propósitos de la Conferencia de La
Haya es trabajar para la progresiva unificación de las reglas del derecho internacional privado
Procura evitar la problemática del reenvío, ya que formula la remisión a los ordenamientos
jurídicos, refiriéndose a las normas materiales y no a las normas conflictuales.
Organización interestatal de carácter permanente que tiene por objeto trabajar en la unificación
progresiva de las normas de Derecho Internacional Privado de los Estados miembros.
La tendencia hacia la especialización del Derecho Internacional
Privado convencional ha sido un factor constante desde la primera
Sesión de la Conferencia de La Haya y que se ha consagrado, sobre
todo, a partir de 1954. Aunque el núcleo principal de materias
tratadas ha sido el de la determinación del Derecho aplicable en
temas de Derecho Civil y, concretamente, de estatuto personal, no se
han excluido las cuestiones de competencia de jueces y autoridades
ni de reconocimiento de decisiones judiciales extranjeras.
Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
Objeto: Favorecer la armonización y
unificación progresiva del Derecho
Comercial Internacional
Convención de las Naciones Unidas sobre contratos de
compraventa internacional de Mercaderías de 1980, Modelo
de la CNUDMI sobre arbitraje comercial internacional,
Reglamento de arbitraje de la CNUDMI, Reglamento de
Conciliación de la CNUDMI, Convenio de las Naciones Unidas
para el Transporte Marítimo de Mercaderías, Convención de
las Naciones Unidas sobre las Garantías Independientes y
Cartas de Crédito Contingente de 1995.
Se ocupa de estudiar y preparar las Leyes y reglamentos
uniformes en las materias siguientes: venta de
mercancías a escala internacional, pagos
internacionales, arbitraje comercial e internacional,
legislación internacional sobre navegación marítima.
Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT)
Objeto: Instauración de un ente internacional cuya
finalidad fuese estudiar la problemática del derecho
privado, con la mira de lograr una armonización y una
coordinación entre las legislaciones de los distintos
Estados: armonización y coordinación que habrán de tener
como objetivo terminal —mediante la elaboración de
proyectos de convenciones— el establecimiento de
normas de derecho privado uniforme en las legislaciones
nacionales de los diferentes Estados.
México tiene ratificado una sola de sus
Convenciones, la Convención de
Unidroit sobre Representación en la
Compraventa Internacional de Mercaderías
hecha en Ginebra en 1983; esta Convención a
pesar de estar ratificada por México no está
en vigor por faltar cinco de las diez
ratificaciones requeridas por dicho
instrumento.
Los instrumentos legales sobre los cuáles
ha trabajado el Instituto, están: la
Convención sobre normas uniformes en
contratos para la venta internacional de
bienes, ULFIS, la Convención sobre
normas uniformes en venta
internacional de bienes, ULIS, la
Convención internacional sobre el
contrato de viaje, la Convención sobre
normas uniformes en la expresión de la
Voluntad internacional, la Convención
UNIDROIT sobre leasing financiero
internacional y la Convención UNIDROIT
sobre factoring internacional.
Convención Internacional de Derecho Internacional Privado
Producto: Código Bustamante
La determinación de la norma jurídica aplicable para regir situaciones
vinculadas con Derecho extranjero, se sujetará a lo establecido en esta
Convención y demás convenciones internacionales suscritas o que se
suscriban en el futuro en forma bilateral o multilateral por los Estados
Partes. En defecto de norma internacional, los Estados Partes aplicarán
las reglas de conflicto de su Derecho interno.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.