Libertad de Expresión

Descripción

Constitución y limitaciones
Natalie Requejo C.
Mapa Mental por Natalie Requejo C., actualizado hace más de 1 año
Natalie Requejo C.
Creado por Natalie Requejo C. hace casi 5 años
12
1

Resumen del Recurso

Libertad de Expresión
  1. Constitución Política del Perú (1993)
    1. Salvedades / Limitaciones
      1. Artículo 2°
        1. 3. Libertad de consciencia y de religión, en forma individual o asociada.
          1. El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público.
          2. 4. A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento
            1. Artículo 130°: El que ofende o ultraja a una persona con palabras, gestos o vías de hecho, será reprimido con prestación de servicio comunitario de diez a cuarenta jornadas o con sesenta a noventa días-multa.
            2. 5. A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido
              1. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.
                1. Información Secreta. Ejem: Ámbito Militar.
                  1. Información Reservada. Ejem: Externa: Seguridad Nacional
                    1. Información Confidencial. Ejem: Decisiones del Gobierno
                  2. 7. Al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como a la voz y a la imagen propias.
                    1. Artículo 132°: El que, ante varias personas, reunidas o separadas, pero de manera que pueda difundirse la noticia, atribuye a una persona, un hecho, una cualidad o una conducta que pueda perjudicar su honor o reputación, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a ciento veinte dias- multa.
                    2. 8. A la libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica, así como a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto
                    3. Artículo 18°
                      1. El Estado garantiza la libertad de cátedra y rechaza la intolerancia.
                      2. Artículo 13°
                        1. El Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza.
                        2. Artículo 14°
                          1. La formación ética y cívica y la enseñanza de la Constitución y de los derechos humanos son obligatorias en todo el proceso educativo civil o militar. La educación religiosa se imparte con respeto a la libertad de las conciencias.
                          2. Artículo 18°
                            1. El Estado garantiza la libertad de cátedra y rechaza la intolerancia.
                          3. Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969)
                            1. Artículo 13.1: Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
                            Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

                            Similar

                            PARAMETROS CURRICULARES PARA LA EDUCACIÓN INDIGENA
                            beatriz_cavazos1
                            EL Delito vilipendio y la libertad de expresion en una sociedad democratica
                            Gissell Chafardett
                            LIBERTAD DE EXPRESIÓN
                            daniela sandoval
                            Censura de la libertad de expresión
                            Estudiante Killian Diaz
                            DEMOCRACIA
                            gimi32322009
                            Fichas para oposiciones de auxiliar de enfermería
                            leyvamiri
                            Tipos de Evaluación
                            Enrique Adolfo Simmonds Barrios
                            Mapas Conceptuales
                            Zita Mayoral
                            PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD DEL MINISTERIO PÚBLICO ART. 256
                            ConsentidadeDios
                            La tutoría
                            amarcita1116
                            KRISTAUTASUNA 6A
                            Txemi López