Según el Art. 1.133 del Código Civil: El contrato es una convención entre dos o más
personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un
vinculo jurídico
El contrato cuenta con los
siguientes elementos:
Elementos esenciales: Son aquellas condiciones
indispensables para la formación del contrato,estas
son:Sujeto, Consentimiento, Objeto, Causa y Forma.
Sujeto: se refiere a las partes que
intervienen en un negocio jurídico
Consentimiento: es la manifestación
de voluntad o acuerdo entre las partes
Objeto: Consiste en dar, hacer,
prestar; esta debe ser lícito,
posible, apreciable en dinero y
determinado.
Causa: es la
motivación para
hacer un
negocio
Forma: son los requisitos a los que debe
amoldarse la negociación
Elementos Naturales: Los Considera implícito la
Ley, pero pueden ser modificados o suprimidos,
según la voluntad de las partes involucradas.
Elementos accidentales: Son aquellos que
encuadran dentro del principio de la
libertad, tan amplia en el Código; ya que él
establece "pueden realizarse toda clase de
contratos, siempre que no se opongan a las
leyes vigentes".
El contrato puede verse afectado por los
siguientes vicios:
El error, estos pueden
ser de hecho y de
derecho
El dolo, es la astucia para
que el otro cometa un
error
La intimidación, son manifestaciones
de actos de violencia, física o moral,
para que una de las partes no exprese
su voluntad
La lesión, es cuando se aprovecha el
desconocimiento o capacidad
económica para ejercer presión y a
otra parte de su consentimiento
También hay otros elementos del
contrato que son: Condición, Término y Modo o carga.