"POR LA CUAL SE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y FORMACIÓN PARA EL
EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, LA EDUCACIÓN PARA LA SEXUALIDAD Y LA PREVENCIÓN Y
MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR
RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR
Define los procesos y los protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman
el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación
para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar
Nota:
Articulo 29. Ley 1620/2013
Determina con claridad
Componentes
Protocolo
INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS, SANCIONES E
INCENTIVOS
INCENTIVOS A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVO
reconocerá los establecimientos educativos que evidencien
un impacto positivo con la implementación de estrategias de
mejoramiento, orientadas a cualificar la convivencia escolar,
la educación para los derechos humanos, la educación para
la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia
escolar
Nota:
Articulo 39. Ley1620 /2013
SANCIONES
Omisión, incumplimiento o retraso en la
implementación de la Ruta o en el
funcionamiento de los niveles de la estructura
del Sistema se sancionarán de acuerdo con lo
establecido en el Código General y de
Procedimiento Penal, el Código Único
Disciplinario y el Código de la Infancia y la
Adolescencia.
Nota:
Capitulo VI, Articulo 35. Ley 1620/2013
Tomado de: http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Leyes/Documents/2013/LEY%201620%20DEL%2015%2 Imagen tomada de: http://colelcarmen.blogspot.com/2013_09_01_archive.html
PRINCIPIOS DEL SISTEMA
Nota:
Articulo 5 de la Ley 1620/2013
1. Participación
2. Corresponsabilida
3. Autonomía
4. Diversidad
5. Integralidad
CREACIÓN.
Del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la
educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar
Nota:
Articulo 3 Ley 1620/2013
Objetivos
• Promoción
• Orientación
• Coordinación de
estrategias,
programas y
actividades
En el marco
De la corresponsabilidad de los individuos,
las instituciones educativas, la familia, la
sociedad y el estado
Nota:
Articulo 4. Ley 1620/2013
ESTRUCTURA DEL
SISTEMA.
Nota:
Articulo 6. Ley 1620 /2013
Constituida por instancias en tres nivel
NACIONAL
Integrado por el Comité Nacional de Convivencia Escolar
TERRITORIAL
Integrado por los comités municipales, distritales y departamentales de convivencia escolar, según
corresponda
ESCOLAR
Nota:
Capitulo III. Ley 1620 /2013
Integrado por el comité de
convivencia del respectivo
establecimiento educativo.
MANUAL DE CONVIVENCIA
COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA.
conformado
Nota:
Articulo 12 ley 1620/2013
El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité
El personero estudiantil
El docente con función de orientación
El coordinador cuando exista este cargo
El presidente del consejo de padres de familia
El presidente del consejo de estudiantes
Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
Proyectos Pedagógicos
RESPONSABILIDADES
RESPONSABILIDADES DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS
RESPONSABILIDADES DEL DIRECTOR O RECTOR DEL
ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO EN EL SISTEMA NACIONAL DE
CONVIVENCIA
RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES
OBJETO
Contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una
sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el
mandato constitucional y la Ley General de Educación -Ley 115 de 1994-
Nota:
Articulo 1. ley 1620 /2013
OBJETIVOS
Son objetivos del sistema nacional de
convivencia escolar y formación para los
derechos humanos, la educación para la
sexualidad y la prevención y mitigación de la
violencia escolar