CONTRATO DE COMPRAVENTA.

Descripción

Mapa Mental sobre CONTRATO DE COMPRAVENTA., creado por Sofia García el 24/03/2020.
Sofia  García
Mapa Mental por Sofia García , actualizado hace más de 1 año
Sofia  García
Creado por Sofia García hace más de 4 años
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Resumen del Recurso

CONTRATO DE COMPRAVENTA.
  1. DEFINICIÓN: ART 1597C.C
    1. La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero.
      1. CAPACIDAD PARA EL CONTRATO DE VENTA art 1599
        1. PARTES INTERVINIENTES:
          1. Quien entrega es: vendedor.
            1. Quien paga en dinero es: comprador
              1. El dinero pagado se llama: Precio
            2. Son hábiles para el contrato de venta todas las personas que la ley no declare inhábiles para celebrarlo.
              1. Ello significa que es necesario que tenga:
                1. Capacidad legal
                  1. Aptitud legal para ejercer por sí solo los derechos.
                    1. 18 años.
                      1. Facilidad para entender de manera indudable.
                        1. No tener problemas mentales.
              2. CARACTERÍSTICAS DE LA COMPRAVENTA:
                1. CONSENSUAL: 1605 C.C
                  1. Debido a que se perfecciona con mero consentimiento de las partes.
                    1. Es decir, no precisa la entrega de la cosa sino el acuerdo de voluntades en:
                      1. El precio.
                        1. La cosa.
                          1. Previa oferta y aceptación.
                        2. EXCEPCIÓN, INC 2°
                          1. Bienes raíces, servidumbre y sucesión hereditaria pues:
                            1. Deben entregarse en escritura pública para considerarse perpetuado, no basta con el consentimiento.
                              1. Solemnes:
                                1. Necesitan cumplir con ciertas formalidades que determina la ley o las partes.
                          2. BILATERAL: art 1597
                            1. Consiste en que al perfeccionarse, las partes adquieren obligaciones recíprocas.
                              1. Obligaciones del vendedor, art 1627 a 1638.
                                1. Se reducen en primer momento en dos:
                                  1. Entrega de la cosa y saneamiento de la cosa vendid por vicios redhibitorios.
                                2. Obligaciones del comprador,1673 a 1683.
                                  1. Pagar el precio pactado por ambos.
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