EL ITER CRIMINIS

Descripción

Derecho Mapa Mental sobre EL ITER CRIMINIS, creado por Juan Carlos Paez Delgado el 26/03/2020.
Juan Carlos Paez Delgado
Mapa Mental por Juan Carlos Paez Delgado, actualizado hace más de 1 año
Juan Carlos Paez Delgado
Creado por Juan Carlos Paez Delgado hace más de 4 años
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Resumen del Recurso

EL ITER CRIMINIS

Nota:

  • Es la serie de etapas  o fases por las que atraviesa la vida del delito, desde el momento en el que el sujeto activo concibe la idea de perpetrarlo hasta la consumación  del delito.
  1. FASE INTERNA

    Nota:

    • Es  la que se desarrolla en la mente del sujeto y culmina  en la resolución criminal.
    • Son actos que no tienen vida en el mundo exterior. Se encuentran el la psiquis del sujeto activo al momento en que este plantea mentalmente la ejecución de una determinada conducta prohibida.
    • Son actos penalmente impunes porque no han sido exteriorizados. y no representan una ofensa (o puesta en peligro) a un bien jurídico.
    1. IDEACIÓN

      Nota:

      • Es la planificación mental de un injusto penal
      1. DELIBERACIÓN

        Nota:

        • Análisis mental que realiza el sujeto activo respecto de las posibilidades de ejecutar certeramente el injusto penal ideado.
        1. RESOLUCIÓN

          Nota:

          • Es la voluntad consciente de parte del sujeto activo de iniciar la ejecución del injusto penal.
        2. FASE EXTERNA

          Nota:

          • Es la fase en la que la resolución se manifiesta en actos, es decir, trasciende al exterior
          • Se encuentran los actos que presuponen la exteriorización de una voluntad delictiva que trasciende e involucra a otros sujetos en la posible ejecución de un injusto penal, lo cual denota una especial puesta en peligro al bien jurídico protegido, siendo eta la principal razón para su punición.
          1. PREPARACIÓN

            Nota:

            • Son ya manifestaciones externas de la resolución criminal, no implican el comienzo de la ejecución del delito y como regla general, no son punibles de acuerdo al sistema penal venezolano
            • Los actos preparatorios son multívocos o equívocos, lo que quiere decir que tienen varios significados o varios sentidos posibles (la persona que compra un veneno puede ser para matar a otra persona, pero también para matar ratas).
            1. EJECUCION

              Nota:

              • Consiste en la exteriorización de los actos para la ejecución del delito.
              • Su principal característica es la univocidad o inequivocidad, lo cual significa que el acto tiene un solo sentido, indiscutiblemente un solo sentido.
              1. DELITO IMPERFECTO

                Nota:

                • Es el que ocurre cuando se comienza la ejecución del delito pero el proceso no culmina en su consumación por causas independientes  a la voluntad del sujeto
                1. FRUSTRACIÓN

                  Nota:

                  • Hay delito frustrado cuando alguien ha realizado, con el objeto de cometer un delito, todo lo que es necesario para consumarlo y, sin embargo no lo ha logrado por causas independientes de su voluntad.
                  1. TENTATIVA

                    Nota:

                    • Hay tentativa cuando, con el objeto de cometer un  delito, el sujeto  ha comenzado su ejecución por medios apropiados y no ha realizado todo lo que es necesario a la consumación del mismo, por causas independientes de su voluntad
                  2. DELITO IMPOSIBLE

                    Nota:

                    • Existe el delito imposible cuando el agente tiene la intención de cometer un delito y sin embargo no consuma tal delito por alguno de estos dos motivos:
                    • 1) Porque no emplea un medio idóneo, es decir, no emplea el medio apropiado ( el agente tiene la intención de envenenar a otra persona pero en vez de veneno, le da azúcar)
                    • 2) Porque falta  e l objeto material del delito que el agente se propone cometer  ( " X " ha muerto y " Y " creyendo que " X " está vivo, dispara contra él con la intención de matarlo. En este caso falta el objeto material del delito de homicidio: la persona viva.
                    1. DELITO PUTATIVO

                      Nota:

                      • Es el que tiene lugar cuando el sujeto realiza una conducta en la creencia de que constituye un hecho punible, cuando en realidad no es tal.
                      1. CONSUMACION
                        1. DESESTIMIENTO

                          Nota:

                          • Es cuando el agente voluntariamente desiste de continuar la tentativa
                          • Solo incurre en pena cuando los actos ya realizados constituyan, de por si, otro u otros delitos o faltas.
                          1. OMISION

                            Nota:

                            • El delito por omisión comienza cuando el ordenamiento jurídico penal le exige al agente, garante del bien jurídico protegido,  que actúe y evite con su acción la lesión al  mismo, lo cual no realiza, causando el resultado lesivo.
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