Formas jurídicas

Descripción

Mapa Mental sobre Formas jurídicas, creado por Berenice Calderón Damián el 02/04/2020.
Berenice Calderón Damián
Mapa Mental por Berenice Calderón Damián, actualizado hace más de 1 año
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Creado por Berenice Calderón Damián hace más de 4 años
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Resumen del Recurso

Formas jurídicas
  1. Elección
    1. Contrato
      1. Identificación de los incvolucrados
        1. Tipo de sociedad
          1. Domicilio de sucursales
            1. Objetivo social
              1. Capital social
                1. Administradores
                  1. Representante global
                2. Sociedad de responsabilidad limitada
                  1. Capital social
                    1. Cuotas de igual valor
                    2. Administradores
                      1. Todos los socios pueden administrar y fiscalizar la sociedad
                      2. Disolución
                        1. Plazo terminado, perdida del objetivo, acuerdo mutuo, intervención de las autoridades, etc.
                      3. Sociedad colectiva
                        1. Responsabilidad: Todos los socios responden en forma solidaria e ilimitada por las operaciones comerciales efectuadas por la sociedad.
                          1. Todo socio debe solicitar a los consocios
                            1. Todo socio debe solicitar a los consocios a) Ceder su interés en la sociedad b) Delegar las funciones de admon. En un extraño c) Emprender la explotación del mismo objeto social d) Formar parte en sociedades que exploten el mismo objeto social e) Retirar cualquier bien f) Utilizar el nombre de la sociedad en actividades distintas al objeto social.
                        2. Sociedad en comandita
                          1. Denominación de socios: Los gestores se responsabilizan solidaria e ilimitadamente por las operaciones sociales. Los comanditarios, se limitan a la responsabilidad del monto de sus aportes.
                            1. Capital Social: Se forma con los aportes de los interesados y los comanditarios.
                              1. Administración: Los gestores administran la sociedad a través de un representante, los comanditarios solo pueden representar al gestor en determinados negocios
                                1. Utilidades: Se reparten entre los gestores y los comanditarios.
                                  1. Tipos: Comandita simple y por acciones
                                  2. Empresa unipersonal
                                    1. un único dueño
                                      1. esta obligada a conservar el 10% de las utilidades de cada operación hasta juntar el 50% del capital social.
                                        1. Causas de disolución
                                        2. Cooperativa de trabajo asociado
                                          1. Sin fines de lucro que pertenecen a la economía solidaria
                                            1. Generar y mantener trabajo para los asociados, y funcionar de forma autónoma
                                              1. Solo pueden realizar trabajos asociados con servicios para el beneficio de la sociedad
                                              2. Sociedad de economía mixta
                                                1. Constituyen con aportes estatales y de capital privado
                                                  1. Se requieren dos actos jurídicos: la ley o la ordenan y el contrato de sociedad mercantil.
                                                  2. Extranjeras
                                                    1. Las empresas traspasan los límites nacionales para convertirse en multinacionales con sucursales en otros países.
                                                      1. Las sociedades extranjeras pueden girar al extranjero las utilidades que estén justificadas en los estados financieros, pero no pueden hacer giros en avances de utilidades futuras.
                                                      2. Sociedad de hecho
                                                        1. Se constituye por escritura pública, las personas que integran la sociedad de hecho deben registrarse como personas naturales que ejercen el comercio de manera profesional.
                                                        Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

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