Art 332 del Código de Comercio.Almacenes
Generales de Depósito (decreto 1746)
Es un contrato por el cual el depositario se obliga a guardar y
conservar una cosa, mueble o inmueble que el depositante le confía
y a devolverla cuando éste se la pida.
CARACTERISTICAS
Real. Oneroso.
Gratuito
TIPOS
Deposito de almacén.
El Contrato de Reporto
Artículo 28 Constitucional.
Ley del Banco de México.
Es un contrato por el cual el "reportado-(Banco)" entrega al
"reportador-(comprador)" la Propiedad de una cantidad de títulos- Valor, a cambio
de un precio convenido más un premio o comisión, con el compromiso de que al
vencimiento del contrato, el reportador le devuelva al reportado, por el mismo
precio convenido, una cantidad igual de títulos-valor de la misma especie y
características, aun cuando físicamente no sean los mismos.
Del art 2893 al 3038 del Código Civil del DF.
Art. 78 de la Ley del Notariado para el DF.
CARACTERISTICAS
Formal. Accesorio.
Oneroso. Bilateral.
TIPOS
Hipoteca necesaria.
Hipoteca
voluntaria
El Contrato de Franquicia
Artículo 5º Constitucional. Art 142 párrafo I. Ley de Propiedad Industrial. Unidroit Código Civil del DF
artículo 1793. Código de Comercio Arts. 3 Fracciones I, II y II Art. 75 fracción XXV. Ley de Propiedad
Industrial Arts. 8 – 10 65, 136 – 144. Ley Federal de Competencia Económica artículo 10. Ley Federal del
Trabajo artículo 13.
Es un contrato por el cual un franquiciado se le otorga la licencia para que venda productos o servicios
de la propiedad del franquiciante.