DECRETO 111 DE 1996

Descripción

Es el decreto que regula el Estatuto Orgánico del Presupuesto en Colombia
Luis Arturo Aguilar Yaruro
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Alejandra Rouge
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Adela  Orihuela
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Resumen del Recurso

DECRETO 111 DE 1996
  1. Regula el sistema presupuestal
    1. Todas las disposiciones en materia presupuestal deben ceñirse a las prescripciones contenidas en este Estatuto
    2. CAPÍTULO 1:DEL SISTEMA PRESUPUESTAL
      1. Cobertura del Estatuto
        1. Presupuesto General de la Nación (PGN)
          1. los presupuestos de los establecimientos públicos del orden nacional
          2. Presupuesto Nacional
            1. fijación de metas financieras a todo el sector público
              1. distribución de los excedentes financieros de las empresas industriales y comerciales del Estado
            2. Sistema Presupuestal
              1. Constituido Por
                1. Plan Financiero
                  1. instrumento de planificación y gestión financiera sector público
                    1. tiene como base las operaciones efectivas de las entidades que ameriten incluirlse en el plan
                    2. Plan Operativo Anual de Inversiones
                      1. señalará los proyectos de inversión clasificados por sectores, órganos y programas
                        1. guardará concordancia con el Plan Nacional de Inversiones
                        2. Presupuesto Anual de la Nación
                      2. Banco Nacional de Programas Y proyectos
                        1. Es un conjunto de actividades seleccionadas como viables en el Departamento Nacional de Planeación
                        2. El Presupuesto General de la Nación
                          1. El Presupuesto de Rentas
                            1. contendrá la estimación de los ingresos corrientes de la Nación
                            2. El Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones
                              1. distinguirá entre gastos de funcionamiento, servicio de la deuda pública y gastos de inversión de la Nación
                              2. Disposiciones generales
                                1. Corresponde a las normas tendientes a asegurar la correcta ejecución del Presupuesto General de la
                            3. CAPÍTULO 2:DE LOS PRINCIPIOS DEL SISTEMA PRESUPUESTAL
                              1. PLANIFICACIÓN
                                1. El PGN deberá guardar concordancia con los contenidos con los diversos planes de la Nación
                                2. ANUALIDAD
                                  1. Año Fiscal: 1 enero a 31 Diciembre
                                    1. Después del 31 de diciembre no podrán asumirse compromisos y los saldos de apropiación no afectados por compromisos caducarán sin excepción
                                    2. UNIVERSALIDAD
                                      1. contendrá la totalidad de los gastos públicos que se espere realizar durante la vigencia fiscal respectiva
                                        1. ninguna autoridad podrá efectuar gastos públicos que no figuren en el presupuesto
                                        2. UNIDAD DE CAJA
                                          1. Con el recaudo de todas las rentas y recursos de capital se atenderá el pago oportuno
                                            1. de las apropiaciones autorizadas en el Presupuesto General de la Nación
                                          2. PROGRAMACIÓN INTEGRAL
                                            1. Se debe contemplar simultáneamente
                                              1. los gastos de inversión
                                                1. Los Gastos de funcionamiento
                                              2. ESPECIALIZACIÓN
                                                1. Las operaciones deben referirse a su objeto y funciones
                                                  1. Las Operaciones se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas
                                                  2. INEMBARGABILIDAD
                                                    1. Son inembargables las rentas, bienes y derechos del PGN
                                                    2. COHERENCIA MACROECONÓMICA
                                                      1. El presupuesto debe ser compatible con las metas macroeconómicas fijadas por
                                                        1. el Gobierno
                                                          1. La la Junta Directiva del Banco de la República
                                                        2. HOMEOSTASIS PRESUPUESTAL
                                                          1. deberán guardar congruencia con el crecimiento de la economía
                                                            1. No debe generar desequilibrio macroeconómico
                                                            2. El Confis podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras cuando se cumplan las condiciones
                                                            3. CAPÍTULO 3: DEL CONFIS
                                                              1. CONSEJO SUPERIOR DE POLITICA FISCAL
                                                                1. Naturaleza y Composición
                                                                  1. adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público
                                                                    1. rector de la política fiscal y coordina el sistema presupuestal
                                                                      1. Integrado por
                                                                        1. Ministerio de Hacienda y Crédito Público
                                                                          1. Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional
                                                                            1. Consejero Económico de la Presidencia de la República
                                                                              1. Viceministros de Hacienda
                                                                                1. Directores generales de Crédito Público
                                                                                  1. Directores generales de Impuestos y Aduanas
                                                                                    1. Directores generales de Presupuesto Nacional,
                                                                              2. Funciones
                                                                                1. Aprobar, modificar y evaluar el Plan Financiero del Sector Público
                                                                                  1. Determinar las metas financieras para la elaboración del Programa de Caja del Sector Público.
                                                                                    1. Otras funciones que se establezcan
                                                                                      1. Aprobar y modificar los presupuestos de ingresos y gastos de empresas y sociedades
                                                                                        1. Analizar y conceptuar sobre las aplicaciones fiscales del Plan Operativo Anual de Inversiones
                                                                                    2. CAPÍTULO 4:DEL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL
                                                                                      1. Generalidades
                                                                                        1. Los ingresos corrientes se clasificarán en
                                                                                          1. Tributarios
                                                                                            1. Impuestos Directos
                                                                                              1. Impuestos Indirectos
                                                                                              2. No Tributarios
                                                                                                1. Las Tasas
                                                                                                  1. Las Multas
                                                                                                2. Las rentas de destinación específica autorizadas se harán efectivas después de descontar
                                                                                                  1. el situado fiscal y la participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación
                                                                                                  2. Son contribuciones parafiscales
                                                                                                    1. los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la ley
                                                                                                      1. que afectan a un único grupo social o económico
                                                                                                        1. se utilizan para beneficio del propio sector
                                                                                                    2. CUPOS DE ENDEUDAMIENTO GLOBAL
                                                                                                      1. Se establecerán para instituciones del gobierno
                                                                                                        1. Permite suprimir procedimientos ante ciertas autoridades
                                                                                                        2. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PúBLICOS
                                                                                                          1. En el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital se identificarán
                                                                                                            1. Rentas propias
                                                                                                              1. Recursos de capital
                                                                                                          2. CAPÍTULO 5: DEL PRESUPUESTO DE GASTOS O LEY DE APROPIACIONES
                                                                                                            1. Se comprenden por:
                                                                                                              1. Gastos de funcionamiento
                                                                                                                1. Servicio de la deuda pública
                                                                                                                  1. Gastos de inversión
                                                                                                                  2. Si se exceden los gastos
                                                                                                                    1. Se solicitará apropiaciones para los gastos que estime menos urgentes
                                                                                                                      1. se disminuirá las partidas o los porcentajes señalados
                                                                                                                      2. Incluir apropiaciones
                                                                                                                        1. A créditos Judicialmente reconocido
                                                                                                                          1. A gastos conformen la Ley
                                                                                                                            1. Las destinadas a los planes y programas de desarrollo económico y social
                                                                                                                              1. A las leyes que organizan
                                                                                                                            2. CAPÍTULO 6: DE LA PREPARACIÓN DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN.
                                                                                                                              1. Gobierno prepara anualmente el Proyecto de Presupuesto General de la Nación
                                                                                                                                1. Plan Financiero
                                                                                                                                  1. Ministerio de Hacienda y Crédito Público
                                                                                                                                    1. Plan Operativo Anual de Inversiones
                                                                                                                                    2. Departamento Nacional de Planeación
                                                                                                                                  2. CAPÍTULO 7:DEL ESTUDIO DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION POR EL CONGRESO
                                                                                                                                    1. El Gobierno Nacional
                                                                                                                                      1. comisiones económicas de Senado y Cámara
                                                                                                                                        1. Consideración del Congreso del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
                                                                                                                                          1. 10 días de cada legislatura
                                                                                                                                          2. Primera semana en Abril
                                                                                                                                        2. CAPÍTULO 8: DEL ESTUDIO DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN POR EL CONGRESO
                                                                                                                                          1. las comisiones del Senado y Cámara de Representantes
                                                                                                                                            1. Opinion del Banco de la Republica
                                                                                                                                              1. impacto macroeconómico y sectorial del déficit y el nivel de gasto propuesto
                                                                                                                                                1. decidirán sobre el monto definitivo del presupuesto de gastos
                                                                                                                                                  1. La aprobación del proyecto
                                                                                                                                                    1. plenarias iniciarán su discusión el 1° de octubre
                                                                                                                                                    2. Antes del 25 de septiembre
                                                                                                                                                    3. Antes del 15 de septiembre
                                                                                                                                                2. CAPÍTULO 9: DE LA REPETICIÓN DEL PRESUPUESTO
                                                                                                                                                  1. Proyecto de Presupuesto General de la Nación
                                                                                                                                                    1. No presentado en los 10 dias de sesiones ordinarias
                                                                                                                                                      1. Gobierno Nacional expedirá el decreto de repetición antes del l° de diciembre
                                                                                                                                                    2. Responsable de las estimaciones de las rentas y recursos de capital para el nuevo año fiscal
                                                                                                                                                      1. Nuevas rentas o recursos de capital no incluidas en el decreto de repetición
                                                                                                                                                      2. CAPÍTULO 10: DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO
                                                                                                                                                        1. Dictar el Decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación
                                                                                                                                                          1. 1.Como base el proyecto de presupuesto presentado
                                                                                                                                                            1. 2.Insertará todas las modificaciones
                                                                                                                                                              1. 3. Se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto para el año fiscal respectivo
                                                                                                                                                            2. CAPÍTULO 12: Del control politico y el seguimiento finanaciero
                                                                                                                                                              1. El gobierno ejerce control el presupuesto mediante citacion,informes y analisis.
                                                                                                                                                                1. Los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta deberán enviar al Departamento Nacional de Planeación y a la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda la totalidad de los estados financieros definitivos con corte a 31 de diciembre del año anterior, a más tardar el 31 de marzo de cada año
                                                                                                                                                                  1. el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Nacional, determinará las normas y procedimientos sobre suministro de información, registros, presupuestales y su sistematización
                                                                                                                                                                    1. El Consejo Superior de Política Fiscal podrá suspender o limitar el programa anual de caja de los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación, y ordenar la suspensión,desembolsos, para las entidades territoriales, cuando unos u otros incumplan con el suministro de los informes y demás datos requeridos para el seguimiento presupuestal y para el control de información presupuestal.
                                                                                                                                                                      1. La Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia fiscal de la ejecución del presupuesto sobre todos los sujetos presupuestales
                                                                                                                                                              2. CAPÍTULO 11: DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO
                                                                                                                                                                1. No se puede ejecutar ningun proyeto que sea del presupuesto general de la nacion y no este evaluado por el banco nacional de programas y proyectos
                                                                                                                                                                  1. Todos los actos administrativos que afecten las apropiaciones presupuestales deberán contar con certificados previos para garantizar estos gastos
                                                                                                                                                                    1. Ni el Congreso ni el Gobierno pueden abrir créditos adicionales al presupuesto sin que se establezca de manera clara y precisa el recurso que ha de servir de base para su apertura
                                                                                                                                                                      1. La ejecución de los gastos del Presupuesto General de la Nación se hará a través del Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC.
                                                                                                                                                                        1. En cualquier mes del año fiscal, el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales,
                                                                                                                                                                          1. Cuando se fusionen órganos o se trasladen funciones de uno a otro, el Gobierno Nacional mediante decreto, hará los ajustes correspondientes en el presupuesto
                                                                                                                                                                            1. Las apropiaciones incluidas en el Presupuesto General de la Nación, son autorizaciones máximas de gasto que el Congreso aprueba para ser ejecutadas o comprometidas durante la vigencia fiscal respectiva. Después del 31 de diciembre de cada año estas a autorizaciones expiran y, en consecuencia, no podrán comprometerse, adicionarse, transferirse ni contracreditarse.
                                                                                                                                                                            2. CAPÍTULO 13:Dirigido a empresas industriales y del estado
                                                                                                                                                                              1. Las no financieras
                                                                                                                                                                                1. se le aplican los principios presupuestales contenidos en la Ley Orgánica del Presupuesto con excepción del de inembargabilidad.
                                                                                                                                                                                2. Las financieras:
                                                                                                                                                                                  1. Sus directrices serán establecidas por el ministerio de hacienda, también puede ser delegado el superintendente bancario.
                                                                                                                                                                                3. CAPÍTULO 14:Tesoro nacional e inversiones
                                                                                                                                                                                  1. Operaciones en el exterior sobre, títulos valores de deuda pública emitidos por la Nación
                                                                                                                                                                                    1. Operaciones en el país sobre títulos valores emitidos por el Banco de la República y las instituciones financieras sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria
                                                                                                                                                                                      1. Celebrar operaciones de crédito de tesorería, y emitir y colocar en el país o en el exterior títulos valores de deuda publica interna, en las condiciones que establezca el Gobierno Nacional
                                                                                                                                                                                        1. Liquidar anticipadamente sus inversiones, y vender y endosar los activos financieros que configuran su portafolio de inversiones en los mercados primario y secundario
                                                                                                                                                                                          1. Aceptar el endoso a su favor de títulos valores de deuda pública de la Nación para el pago de obligaciones de los órganos públicos con el Tesoro de la Nación, con excepción de las de origen tributario
                                                                                                                                                                                            1. Las demás que establezca el Gobierno.
                                                                                                                                                                                              1. CAPÍTULO 15:Las entidades territoriales
                                                                                                                                                                                                1. Los subsidios en los servicios públicos domiciliarios se otorgarán a las personas de menores ingresos, conforme a lo previsto en la Ley 142 de 1994
                                                                                                                                                                                                  1. Ley Orgánica del Presupuesto,
                                                                                                                                                                                                    1. adaptándolas a la organización, normas constitucionales y condiciones de cada entidad territorial.
                                                                                                                                                                                                  2. CAPÍTULO 16:De la capacidad de contratación, de la ordenación del gasto y de la autonomía presupuestal.
                                                                                                                                                                                                    1. tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la cuál hagan parte
                                                                                                                                                                                                      1. la Contraloría General de la República gozará de autonomía presupuestal para administrar sus asuntos según lo dispuesto por la Constitución y esta ley.
                                                                                                                                                                                                      2. CAPÍTULO 17:Responsabilidades fiscales:
                                                                                                                                                                                                        1. Los ordenadores de gasto y cualquier otro funcionario que contraiga a nombre de los órganos oficiales obligaciones no autorizadas en la ley, o que expidan giros para pagos de las mismas.
                                                                                                                                                                                                          1. Los funcionarios de los órganos que contabilicen obligaciones contraídas contra expresa prohibición o emitan giros para el pago de las mismas.
                                                                                                                                                                                                            1. El ordenador de gastos que solicite la constitución de reservas para el pago de obligaciones contraídas contra expresa prohibición legal.
                                                                                                                                                                                                              1. El pagador y el auditor fiscal que efectúen y autoricen pagos, cuando con ellos se violen los preceptos consagradas en el presente estatuto y en las demás normas que regulan la materia.
                                                                                                                                                                                                              2. Sacha Sánchez
                                                                                                                                                                                                                1. Luis Aguilar
                                                                                                                                                                                                                  1. Sofía Anaya
                                                                                                                                                                                                                    1. Adela Orihuela
                                                                                                                                                                                                                2. Capitulo 18:DISPOSICIONES VARIAS
                                                                                                                                                                                                                  1. Si la Corte Constitucional declarare inexequible la ley que aprueba el Presupuesto General de la Nación en su conjunto, continuará rigiendo el presupuesto del año anterior, repetido de acuerdo con las normas del presente estatuto
                                                                                                                                                                                                                    1. Los recursos que se producen a favor del Fondo de Solidaridad y Garantía en desarrollo del mecanismo de compensación y promoción de que trata el artículo 220 de la Ley 100 de 1993, no se constituirán en sujeto de obligación de incluirse en el Presupuesto General de la Nación.
                                                                                                                                                                                                                      1. En cualquier evento, las rentas que obtenga el Estado, como consecuencia de la enajenación de acciones, bonos u otros activos, deberán incorporarse en los presupuestos de la Nación o la entidad territorial correspondiente
                                                                                                                                                                                                                      Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

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                                                                                                                                                                                                                      Realidades sociológicas en Latinoamérica y en Colombia
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                                                                                                                                                                                                                      Jergas y Regionalismos de Lationamérica
                                                                                                                                                                                                                      GoConqr Team-Liliana
                                                                                                                                                                                                                      CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS
                                                                                                                                                                                                                      antony artunduaga
                                                                                                                                                                                                                      Contenidos del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente
                                                                                                                                                                                                                      maria mantilla
                                                                                                                                                                                                                      Colombia Construye y siembra futuro Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e innovación (SNCTI)
                                                                                                                                                                                                                      Edna Rocio RAMIREZ RUBIO
                                                                                                                                                                                                                      Tipologías Turísticas
                                                                                                                                                                                                                      Michael Stiven Castillo Biafara
                                                                                                                                                                                                                      Pa Que Se Acabe la Vaina
                                                                                                                                                                                                                      CARLOS MORALES RODRIGUEZ
                                                                                                                                                                                                                      Sample Saber 11°
                                                                                                                                                                                                                      Edwin Andrés Rodríguez
                                                                                                                                                                                                                      Derechos Laborales
                                                                                                                                                                                                                      SARA LM