PATRIA POTESTAD II

Descripción

DERECHO FAMILIA
omar david  sanchez pardo
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Resumen del Recurso

PATRIA POTESTAD
  1. La patria potestad es el conjunto de derechos que la ley reconoce a los padres sobre sus hijos no emancipados, para facilitar a aquéllos el cumplimiento de los deberes que su calidad les impone.
    1. La patria potestad comprende todos los derechos que la ley reconoce a los padres sobre sus hijos no emancipados, para facilitarles el cumplimiento de sus deberes. Básicamente, los padres tienen derecho a representar judicial y extrajudicialmente a sus hijos; a administrar sus bienes y a gozar del usufructo de esos bienes. Según el artículo 24 del Decreto 2820 de 1974, los padres -conjuntamente- gozan del ejercicio de la patria potestad sobre sus hijos legítimos. A falta de uno de los padres, la patria potestad la ejerce el otro.
      1. SUSPENSIÓN Y PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD La Patria Potestad se pierde por suspensión y terminación o emancipación. La Patria Potestad se suspende respecto de ambos padres o de uno solo, sin que ello implique su extinción, debido a que puede existir rehabilitación cuando cesa el motivo o causa que la originó. El artículo 310 C.C., establece las siguientes causas de suspensión de la Patria Potestad:
        1. La patria potestad se suspende, con respecto a cualquiera de los padres, por las siguientes causas:
          1. - Demencia del padre - Por estar en entredicho la correcta administración de sus propios bienes y - Larga ausencia del padre o madre - Por maltrato al hijo - Por abandono absoluto del hijo - Por depravación que incapacite al padre o madre a ejercer la patria potestad. - Por haber sido condenados a pena privativa de la libertad superior a un año. - Cuando el adolescente hubiese sido sancionado por los delitos de homicidio doloso, secuestro, extorsión en todas sus formas y delitos agravados contra la libertad, integridad y formación sexual y se compruebe que los padres favorecieron estas conductas
            1. La patria potestad se pierde con respecto a cualquiera de los padres por las siguientes causas:
              1. - Por maltrato al hijo - Por abandono absoluto del hijo - Por depravación que incapacite al padre o madre a ejercer la patria potestad. - Por haber sido condenados a pena privativa de la libertad superior a un año. - Cuando el adolescente hubiese sido sancionado por los delitos de homicidio doloso, secuestro, extorsión en todas sus formas y delitos agravados contra la libertad, integridad y formación sexual y se compruebe que los padres favorecieron estas conductas
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