1- Capacidad legal del sujeto que
declara su voluntad.
2- consentimiento que no
adolezca de vicio.
3- objeto licito.
HECHO
Es la vida misma,
con su infinita
variedad e
intensidad de
sucesos y
relaciones.
HECHOS JURÍDICOS
SON LOS FENÓMENOS O PROCESO
NATURALES AJENOS TOTALMENTE A LA
DETERMINACIÓN O ACCIÓN HUMANA Y
QUE TIENEN CONSECUENCIAS JURÍDICAS
EN LA VIDA Y PATRIMONIO DE LAS
PERSONAS
Ejemplo: AGUAS PLUVIALES,
LOS NACIMIENTOS, LAS
AGUAS NATURALES ART. 580,
LA MUERTE, ART. 918.
PUEDEN SER:
Lícitos.
Ilícitos
Pueden dividirse en:
Culposos y Dolosos
ACTOS JURÍDICOS
Son las conductas o manifestaciones de voluntad,
en las que su autor quiere ciertos resultados
fácticos meramente de hecho.
PUEDEN SER:
Lícitos.
Ilícitos
Pueden dividirse en:
Culposos y Dolosos
LIMITACIONES
Capacidad de los
sujetos que declaran
su voluntad.
Cuando el objeto fuere
contrario al orden publico o
normas prohibitivas expresas.
Por ausencia o no
concurrencia de los
requisitos para esenciales
su existencia.
TEMA 1 Y 2
EL NEGOCIO JURÍDICO UNILATERALES
LA PROMESA DE RECOMPENSA
COMPRENDE
DOS CLASES:
LA PROMESA DE
RECOMPENZA
PROPIAMENTE
DICHA.
LOS
CONCURSOS
CON PREMIO.
REQUISITOS
Es necesario que se fije
plazo para la
presentación de las
obras que se concursan
Tienen que nombrarse
personal para que califique
los trabajos y ellos decidirán
a quien entregar el premio o
si a ninguna.
Se exigirá de acuerdo a
las directrices que se
hayan estipulado.
TITULOS AL PORTADOR
Son aquellos que no están
expedidos a favor de una persona
determinada.
Estos pueden:
Cheques
Cupones
Tarjeta de Regalo
EL PAGARE
la promesa
incondicional de pagar
una suma determinada
de dinero, y el nombre
de la persona a quien
debe hacerse el pago.
GESTOR DE NEGOCIOS
Es cualquier
persona que
voluntariamente
realiza y asume la
atención del
negocio ajeno.
Diferencias
Gestión de Negocios
Tiene por objeto
asuntos materiales
y asuntos jurídicos.
Mandato
Lo constituye
exclusivamente
asuntos jurídicos.
REQUISITOS
Negocio Ajeno.
Justificación
Interés o beneficio
del Propietario.
Espontaneidad
Ausencia de
animo de lucro
OBLIGACIONES
Realizar la gestión con
diligencia y buena fe.
Dar aviso al propietario tan
pronto como le sea posible, y
esperar su decisión a menos
que haya peligro de demora.
mantenerse dentro del
giro habitual del negocio.
Rendir cuentas
al propietario.
Entregar al propietario
los bienes que le
pertenezcan y los frutos
producidos.
Resarcir al propietario de
los daños y perjuicios que
con culpa hubiere causado
Propietario
Obligaciones
RESPONDER EL AVISO
QUE LE DIO EL GESTOR.
PAGAR LOS GASTOS
NECESARIOS Y UTILES
QUE EL GESTOR
HUBIERE EFECTUADO.
INDEMNIZAR AL GESTOR POR
LOS DAÑOS Y PERJUICIOS
QUE HUBIERE SUFRIDO SIN
SU CULPA, EN EL
DESEMPEÑO DE LA GESTION.
RESPONDER ANTE TERCEROS DE
LAS obligaciones CONTRAIDAS
EN SU INTERES POR EL GESTOR.
PAGAR AL GESTOR LA
REMUNERACION CONVENIDA
LUEGO DE LA RATIFICACIÓN.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.