Es el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos
o a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión
pública, respecto a las autoridades, administrativas, políticas, judiciales,
electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o
privadas de carácter nacional o internacional que le presten un servicio al país.
Principio de Democratización:
Las veedurías deben obrar en su
organización y funcionamiento
en forma democrática y
participativa definiendo el
consenso de la mayoría absoluta
de votos.
A las veedurías ciudadanas en el ejercicio de sus funciones les está prohibido, sin el
concurso de autoridad competente, retrasar, impedir o suspender los programas,
proyectos o contratos objeto de la vigilancia.
Principio de Autonomía: Las
veedurías se constituyen y
actúan por la libre iniciativa de
los ciudadanos, gozan de plena
autonomía frente a todas las
entidades públicas y frente a los
organismos institucionales.
Principio de Transparencia:
La gestión del Estado y de las
veedurías deberán asegurar
el libre acceso de todas las
personas a la información y
documentación relativa a las
actividades de interés
colectivo.
Principio de Igualdad:
El acceso de las
veedurías a los espacios
de participación en el
control de la gestión
pública, siempre en
condiciones de igualdad
y de respeto a la
diversidad.
Principio de Responsabilidad:
La participación de las
veedurías en la gestión
pública se fundamenta en la
colaboración de los
particulares, sus
organizaciones y las
autoridades públicas en el
cumplimiento de los fines del
Estado.
Principio de Objetividad:
La actividad de las
veedurías deben guiarse
por criterios objetivos
que impriman certeza de
toda posible actitud
parcializada o
discriminatoria.
Principio de Eficacia:
Los derechos, deberes,
instrumentos y
procedimientos
establecidos en esta
Ley deberán contribuir
a la adecuación de las
acciones públicas, a la
satisfacción de las
necesidades colectivas
y al logro de los fines
del Estado social de
derecho.
Principio de Legalidad: Las acciones de las
veedurías ciudadanas se deben realizar de
conformidad con los medios, recursos y
procedimientos que ofrecen las leyes y los
estatutos de la entidad.
Fortalecer los mecanismos de control contra la
corrupción en la gestión pública y la contratación estatal
Fortalecer los procesos de participación ciudadana y
comunitaria en la toma de decisiones
Apoyar las labores de las personerías municipales en la
promoción y fortalecimiento de los procesos de
participación ciudadana.
Velar por los intereses de las comunidades como
beneficiarios de la acción pública
Propender por el cumplimiento de los principios
constitucionales que rigen la función pública
Entablar una relación constante entre los particulares y la
administración por ser este un elemento esencial para evitar los
abusos de poder polarizaciones.
Democratizar la administración pública
Promocionar el liderazgo y la participación ciudadana