La guía de remisión es el documento
que sustenta el traslado de
mercaderías por cualquier motivo
dentro del territorio nacional.
Según el ART. 27 DEL REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE
VENTA, RETENCIÓN Y DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS
Se entenderá que la guía de remisión
acredita el origen lícito de la mercadería,
cuando la información consignada en ella
sea veraz, se refiera a documentos
legítimos, válidos, y los datos expresados
en la guía de remisión concuerden con la
mercadería que efectivamente se traslade.
Art. 28.- Obligados a emitir guías de remisión.-
Están obligados a emitir guías de remisión
toda sociedad, persona natural o sucesión
indivisa que traslade mercadería, debiendo
emitirlas en especial en los siguientes casos:
El importador o el
Agente de Aduanas,
según el caso.
En la movilización de
mercaderías entre
establecimientos del
mismo contribuyente.
El proveedor o el
adquirente, según el
caso, en la devolución
de mercaderías.
El exportador, en el
transporte de las
mercaderías entre sus
establecimientos y el
puerto de embarque.
El consignatario o el
consignante, según el
caso, en la consignación
de mercaderías.
La sociedad, persona
natural o sucesión indivisa
que traslade mercaderías
para su reparación,
mantenimiento u otro
proceso especial.