conjunto de normas e
instituciones juridicas
que intentan regularlas
relaciones personales y
patroniales de los
integrantes de una
famila
CIUDADANIA
el termino viene del latin civitas , que significa
ciudad. Por tanto, la ciudadania se ha definido
como la condicion que se otorga al ciudadno o
la ciudadana de pertenecer a una comunidad
organizada.
ADQUISIÓN
La Ciudadanía se adquiría por
nacimiento, concesión o manumisión.
Así, todo hijo de Romano, nacido de
un matrimonio legal, era Romano.
También lo era el individuo o la
comunidad que recibían este
privilegio como donación del pueblo o
emperador
PERDIDA
* Cuando se perdia la libertad.
* Cuando se hacia admitir
como miembro de una ciudad
extrajera por efecto de ciertas
condenas tales como: el exilio
bajo la Republica y la
deportacion en la epoca del
Imperio
LATINOS
Los latinos comprendían a su vez tres clases distintas:
Latini veteres, los latini coliniarii y los latini iuniani
Latini Coliniarii: Se llamo
así a todos aquellos a
quienes se confirió el
derecho de latinidad a
partir del año 486
Latini Veteres: Eran los antiguos habitantes del
lacio y después los miembros de las colonias
fundadas por la liga latina hasta su disolución
Latini iuniani: Son los
libertas que ha sido
manumitidos en forma no
solemne, que son
considerado libres por la
lex lunia norbana, del año
19 D.C. Pero carecían de la
ciudadanía
PEREGRINOS
El termino Peregrinos
(del Latin peregrinus) se
refiere al viajero que,
por devoción o por voto
visita un santuario o
algún lugar considerado
sagrado. En su acepción
mas general es todo
aquel que anda por
tierras extrañas
CATEGORÍA DE
PEREGRINOS
Peregrini dediticii: los que
pertenecen a una
comunidad política con la
que Roma ha estado en
guerra y que una vez
conquistada militarmente,
no ha sido respetada
perdiendo substantividad e
independencia
Peregrini Alicuius civitatis:
Son los que pertenecen a
una comunidad que Roma
deja subsistentes una vez
conquistada, respetando
en parte su organización
política