Se encuentran contenidos en la ley estatutaria 134 de mayo 31 de 1994 el articulo 103 de la
Constitución política de Colombia.
Voto
herramienta mediante la cual el ciudadano
colombiano elige de manera activa a las personas
que considera idóneas para su representación en las
instituciones del gobierno (Presidencia,
vice-presidencia, Cámara de representantes, Senado,
Alcaldías, Gobernaciones, Concejos distritales y
municipales, Alcaldías locales).
De acuerdo a como usted
deposite el voto este puede ser
valido, nulo o en blanco
un voto valido es cuando el elector marca una sola equis (X) en la tarjeta electoral (tarjetón)
correspondiente y por el candidato de sus simpatías.El voto nulo es cuando se marca más de una
casilla o candidato. Puede darse el caso de que la persona no marque ninguna opción. En tal
situación, el voto no tiene validez pero se debe anotarse en el acta. El voto en blanco es otra
opción que se le presenta al ciudadano cuando ninguno de los aspirantes satisface sus expectativas.
Para el voto en blanco hay una casilla especial en la tarjeta electoral (tarjetón) que puede ser
marcada con una equis (X). Es un voto valido que tiene efectos para determinar, por ejemplo, el
cuociente electoral.
El Plebiscito
Es el pronunciamiento del pueblo convocado por
el Presidente de la República para apoyar o
rechazar una determinada decisión del ejecutivo,
El mas famoso plebiscito en la historia reciente fue
el que abrió las puertas al Frente Nacional en
1957.
El Referendo
Es la convocatoria que se le hace al
pueblo para que apruebe o rechace un
proyecto de norma juridica, o
derogue o no una norma ya vigente.
El Referendo Aprobatorio
Es cuando se coloca a consideración del pueblo
para que este decida si lo aprueba o rechaza, total
o parcialmente, el sometimiento de un proyecto de
acto legislativo, una ley, una ordenanza, un
acuerdo o una resolución local y una iniciativa
popular que no haya sido aprobada por la
corporación pública correspondiente.
El Referendo
Aprobatorio
Es cuando se coloca a consideración del
ciudadano el sometimiento de un acto
legislativo, una ley, una ordenanza, un
acuerdo o una resolución local, en algunas
de sus partes o en su integridad, para que el
pueblo decida si la deroga o no.
Referendo constitucional
consiste en convocar al constituyente
primario (ciudadanos en capacidad de votar)
para que mediante el voto libre y espontàneo
digan SI o NO, a una pregunta sobre un tema
trascendental, y de esa manera se reforme la
Constitución Nacional.
La Consulta Popular
Es la institución mediante la cual una pregunta de carácter
general sobre un asunto de transcendencia nacional,
departamental, municipal, distrital o local es sometida por el
Presidente de la República, el Gobernador o el Alcalde, según el
caso, a consideración del pueblo para que este se pronuncie
formalmente al respecto.Este mecanismo puede ser utilizado
para convocar una Asamble Constituyente, con el fin de
someter a consideración popular las decisiones allí
establecidas.
La Iniciativa Popular
Es el derecho político de un grupo de ciudadanos de
presentar proyectos de ley y de acto legislativo (que
pretende reformar la constitución) ante el Congreso
de la República, de ordenanza ante las Asambleas
Departamentales, de acuerdo ante los Concejos
Municipales o Distritales y de resolución ante las
Juntas Administradoras Locales (JAL), y demás
resoluciones de las corporaciones de las entidades
territoriales, de acuerdo con las leyes que las
reglamentan, según el caso, para que sean debatidos y
posteriormente aprobados, modificados o negados por
la corporación pública correspondiente.
El Cabildo Abierto
Es la reunión pública de los concejos
distritales, municipales y de las juntas
administradoras locales (JAL), para que los
habitantes puedan participar directamente
con el fin de discutir asuntos de interes
para la comunidad.
La Revocatoria del Mandato
Es un derecho político por medio
del cual los ciudadanos dan por
terminado el mandato que le han
conferido a un Gobernador o a un
Alcalde
Los mecanismos de participación ciudadana son una serie de herramientas establecidas en la
Constitución de 1991 para asegurar e incentivar la movilización de la población colombiana. Todos
los individuos de nuestra sociedad con capacidad de voto tienen el derecho de poner en práctica el
uso de los mecanismos de participación para asegurar su participación en la toma de decisiones y la
resolución de los problemas que afectan el bien común. El objetivo de los mecanismos de
participación ciudadana es brindar garantías y beneficios para que el pueblo colombiano pueda
incidir en cambios dentro de los sistemas judicial, ejecutivo y legislativo.