QUE ES? El Plan de Ordenamiento
Territorial (POT) es el instrumento
básico definido en la Ley 388 de 1997,
para que los municipios y distritos del
país planifiquen el ordenamiento del
territorio urbano y rural. El POT
contiene un conjunto de objetivos,
políticas, estrategias, metas, normas,
programas y proyectos que orientan el
desarrollo físico del territorio.
FUNCION: El POT orienta y prioriza las
decisiones e intervenciones generales
que debe hacer la administración
distrital, que permiten el desarrollo y
mejoramiento de los parques, los
andenes, las ciclorrutas, los centros de
atención a la población, las vías, los
servicios públicos y los equipamientos,
por eso es importante conocerlo para
que en los planes de desarrollo de cada
una de las administraciones que
lleguen, le den continuidad a los
proyectos estratégicos.
OBJETIVO: El objetivo principal del POT se
centra en mejorar la calidad de vida de
los habitantes, mediante acceso a las
oportunidades y beneficios que ofrece el
desarrollo de la ciudad, así como también
el desarrollo de equipamientos para los
servicios sociales, una utilización racional
del suelo, una sostenibilidad ambiental,
seguridad de la población ante riesgos
naturales y la preservación del
patrimonio.
MARCO LEGAL:
Ley 152 de 1994,
Ley 388 de 1997,
ley 614 de 2000,
Ley 1454 de 2011
TIPOS:De acuerdo con las
características y tamaño de cada
municipio, se establecen distintos
tipos de planes así: PLANES DE
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
(POT): Deben elaborarlos los
municipios con población superior a
100.000 habitantes. PLANES
BASICOS DE ORDENAMIENTO
TERRITORIAL (PBOT): Deben
elaborarlos los municipios con
población entre 30.000 y 100.000
habitantes. ESQUEMAS DE
ORDENAMIENTO TERRITORIAL (EOT):
Deben elaborarlos los municipios
con población inferior a 30.000
habitantes.
ETAPAS DE FORMULACIÓN:1)
Valoración 2)Alcances 3)
Prediagnóstico 4) Diagnóstico 5)
Formulación. Ley 388 de 97.
VIGENCIA: 12 años (que
corresponden a 3 periodos
administrativos