LAS CLASES DE TESTAMENTO

Descripción

Mapa Mental sobre LAS CLASES DE TESTAMENTO, creado por Bea Leon el 02/11/2020.
Bea Leon
Mapa Mental por Bea Leon, actualizado hace más de 1 año
Bea Leon
Creado por Bea Leon hace casi 4 años
3
0

Resumen del Recurso

LAS CLASES DE TESTAMENTO
  1. T. ORDINARIOS
    1. Pueden hacerse en circunstancias normales, revisten mayor número de solemnidades. Tienen vigencia indefinida
      1. Por Escritura Pública (art. 696)
        1. Es auténtico, público y abierto
          1. Lo otorga personalmente el testador
            1. En presencia de 2 testigos y 1 Notario Público
            2. Cerrado (art. 699)
              1. "Místico" (Francia) y "Secreto" (Italia)
                1. El testador hace sus disposiciones en un documento privado
                  1. Se guarda en un sobre cerrado que contiende la última voluntad del testador
                    1. El notario da fe en la cubierta y su protocolo
                    2. Ológrafo (art. 707)
                      1. El testador lo escribe íntegramente, de su puño y letra
                        1. Sin intervención de testigos ni notario.
                          1. Aunque el CC no exige expresamente que sea manuscrito por su propio otorgante
                            1. La doctrina sí lo exige
                            2. Es protocolizado en el período de 1 año contado desde la muerte del testador
                        2. T. ESPECIALES
                          1. Son permitidos sólo en las circunstancias previstas en este título
                            1. Militar (art. 713)
                              1. Pueden otorgarlo acuartelados o participando en operaciones bélicas
                                1. Pueden ser miembros de las FF.AA, de las fuerzas policiales, los prisioneros de guerra o civiles que participen en dichas situaciones
                                  1. Trámite
                                    1. Se hará llegar a la brevedad posible y por conducto regular al respectivo Cuartel.
                                      1. Se dejará constancia de la clase militar o de la persona ante la cual ha sido otorgado
                                        1. Luego se remitirá al Ministerio que corresponda que lo enviará al Juez de Primera Instancia de la capital de la provincia del último domicilio del testador.
                                      2. Marítimo (art. 717)
                                        1. Lo puede otorgar los navegantes en un buque durante la travesía acuática o de cabotaje
                                          1. Pueden otorgarlo oficiales, tripulantes y pasajeros a bordo
                                            1. Se encuentran en
                                              1. buque de guerra peruano
                                                1. barcos mercantes de bandera peruana.
                                              2. El capitán del barco o su reemplazante hace las veces de notario
                                                1. El requisito universal exigido es que las naves se encuentren en navegación
                                                  1. Mar
                                                    1. Lago
                                                      1. Río
                                                    2. Otorgados en el extranjero (art. 721)
                                                      1. Se otorga por peruanos que residen en el extranjero pueden otorgar testamento ante el agente consular del Perú
                                                        1. Pueden ser
                                                          1. Por escritura pública (art.696)
                                                            1. Cerrado (art. 703)
                                                              1. Ológrafo, es válido en el Perú aunque en el otro país no lo admita
                                                              2. El cónsul del Perú cumplirá la función de notario público
                                                                1. Son válidos en el Perú en cuanto a su forma (art. 722)
                                                            2. ALUMNA: LEÓN MANAYAY, KYARA
                                                              Mostrar resumen completo Ocultar resumen completo

                                                              Similar

                                                              6 Técnicas de Enseñanza que No Conocías
                                                              maya velasquez
                                                              SISTEMA REPRODUCTOR HUMANO
                                                              Ingrith Salamanca
                                                              Esquema del reformismo ilustrado en España
                                                              maya velasquez
                                                              Etapas de la Historia de España
                                                              Alba B
                                                              4 PS' DE MARKETING
                                                              arezadiareko
                                                              PRACTICA EL SPEAKING DEL FIRST
                                                              Cristina Capdevila
                                                              Género lírico
                                                              Karina Valles
                                                              MICROECONOMÍA
                                                              ingrinati
                                                              Integración del Personal
                                                              Freddy López8597
                                                              Tipos de funciones
                                                              Karla Leyva
                                                              III. FORMACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS MAESTROS
                                                              DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN FISICA FEDERALIZADA