Las empresas asociativas de trabajo son “organizaciones económicas productivas, cuyos asociados aportan su capacidad laboral, por tiempo indefinido y algunos además entregan al servicio de la organización una tecnología o destreza, y otros activos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la empresa.” (Ley 10 de 1991, artículo 1°) La responsabilidad de los socios de estas empresas es solidaria e ilimitada según lo establece la ley.
Estructura EAT
Ley 10 1991
Nota:
La
atención se centra en las poblaciones de desempleados, subempleados y poblaciones
vulnerables, personas que ejercen actividades comerciales informalmente, entre
otras. Es la comunidad la que busca abarcar la Ley 10 de 1991 y las unidades de
negocio bajo la figura de EAT.
Decreto 1100 1992
Nota:
En este decreto se
reglamenta la Ley 10 de 1991 y se conceptualizan el alcance del decreto basado
en la producción, comercialización y distribución de bienes de consumo básico
familiar, así como la prestación del esfuerzo individual o asociativo para
facilitar el bienestar de la sociedad.
Se determina el número de socios como mínimo y máximo para la creación
de una EAT y los aportes que pueden establecer. Se especifica sobre la razón
social de la EAT, cómo se conforma, el proceso para conseguir la personería
jurídica y los tipos de aportes que se pueden realizar.
De igual manera, en el decreto se establece la importancia de las
reservas en la EAT y sus finalidades, como distribuir las utilidades, por qué
conceptos se puede disolver la EAT, cómo hacer la liquidación, cuál es el
régimen tributario y los beneficios para las EAT y los asociados.
Ley 1014 de 2006
Formalización de una EAT
1. Estatutos y acta de constitución
2. Consultar Homonimia ante CCB
3. Personería Jurídica RUT ante
DIAN 4. Escritura o acta de
constitución para las firmas ante
notaria 5. Entidades de salud
INVIMA 6. Banco para cuenta
corriente o de ahorros y demás 7.
Ministerio de Trabajo Seguridad
Social 8. Bomberos y Ministerio de
Medio ambiente
Exenciones tributarias
exentas del impuesto de
rema y complementarios
exención sobre las
participaciones de los
asociados por concepto
de Aportes Laborales y
Laborales Adicionales al
igual que los cánones
percibidos por concepto
de arrendamiento de
bienes y equipos
Se establecerán
en los estatutos
que regirán la
EAT
Número de asociados
Min. 3 y Max. 10 (productos)
o 20 (servicios)
Relación asociados
Comercial, No
es laboral
Duración
Limitado
Objeto Social
producción,
comercialización o
distribución de bienes
básicos de consumo
familiar o prestación de
servicios en forma
individual o conjunta
encaminada a la
producción,
comercialización y
disrribución de bienes de
consumo familiar.