Es el Sistema de salud social integral que garantiza los
derechos irrenunciables de las personas para obtener
una calidad de vida acorde con la dignidad humana.
Componentes:
1 Sistema general de pensiones: Le asegura a la población, el
cubrimiento de los riesgos derivados a la vejes, la invalides y la muerte.
2: Sistema de seguridad social de salud: Plantearon tres reformas
fundamentales 1 Participación del servicio privado en la prestación del servicio de
salud 2 La creación del fondo de solidaridad y garantía para asegurar un nuevo
sector subsidiado. 3 La posibilidad de elegir la entidad promotora de salud.
3 sistemas general de riesgos laborales: Regula la atención de los eventos derivados de
los riegos ocupacionales, de manera independiente, haciendo así que todo empleador,
afilie sus empleados a una aseguradora de riesgos laborales, que se hace responsable
de cumplirlos
4 Servicios sociales complementarios: Se tratan de auxilios a los ancianos indigentes,
para ello deben cumplir ciertos requisitos.
Entidades del sistema de seguridad social integral en
Colombia
- Entidades promotoras de Salud EPS. - Fondo
de cesantías. - Administradoras de riesgos
laborales, ARL. - Instituciones prestadoras de
servicio de salud, IPS. - Sociedades
administradoras de fondo de pensiones, AFP.
Articulos de la constitucion
Es la ley suprema que establece los derechos y deberes de los
ciudadanos y define la organización del estado. Está compuesta
por 13 títulos,380 artículos y 67 artículos transitorios
Artículo 49. La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios
públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a
los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud
Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación
de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental
Articulo 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas
sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene
derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
Articulo 46: El estado la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la
asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la
vida activa y comunitaria