Interpretación de las leyes y aplicación de la ley civil y comercial en Colombia.

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Interpretación de las leyes.
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Resumen del Recurso

Interpretación de las leyes y aplicación de la ley civil y comercial en Colombia.
  1. Nociones Generales
    1. Interpretación legislativa
      1. Toda ley es abstracta y general, en ningún caso el legislador puede dictar normas singulares.
      2. Interpretación judicial
        1. Es la que aplican los jueces en la aplicación de la ley en casos particulares.
        2. Interpretación Doctrinal
          1. Es un criterio auxiliar de la actividad judicial, consagrada en el Art 230 C.P
        3. Metodos actuales de interpretación.
          1. Interpretación Gramatical
            1. Se enfoca en el lenguaje empleado por el autor de las leyes. Art 28 Co. Ci.
            2. Interpretación lógica
              1. Tiene por objeto buscar el pensamiento de la ley o voluntad del legislador, se debe conocer su sentido.
              2. Interpretación sistemática
                1. Tiene como fin que el sentido de las palabras y proposiciones de un determinado texto legal debe relacionarse con la institución de que hacen parte
              3. Interpretación según la ley.
                1. Interpretación Doctrinial
                  1. Art 26 Co. Ci
                  2. Interpretación corriente de las palabras
                    1. Art 28 Co. Ci
                    2. interpretación por equidad
                      1. Art 32 Co. Ci
                      2. Interpretación gramatical
                        1. Art 27 Co. Ci
                        2. Sentido técnico de las palabras
                          1. Art 29 Co. Ci
                          2. Interpretación sistemática
                            1. Art 30 Co. Ci
                            2. Interpretación extensiva
                              1. Art 31 Co. Ci
                            3. Aplicación normativa civil y comercial
                              1. Los asuntos comerciales serán regulados por la ley comercial, en caso de vacío legal se acudirá a la ley civil.
                                1. Si las disposiciones tienen una misma especialidad y generalidad primara la civil que la comercial.
                                2. Arturo Valencia Zea, Alvaro Ortiz Monsalve; Derecho civil parte general y personas Tomo I, Ed Temis. Código Civil y Código Comercio
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