art.6 DIGNIDAD HUMANA; es el derecho que
tiene cada persona hacer respetado tanto
en su vida como vienes
art.7 LEGALIDAD;son fuerzas publicas las cuales se encargan de
contribuir con la seguridad de las leyes establecidas
art.8 FAVORABILIDAD.la ley es favorable cuando se permite regir los permisos los
cuales están establecidos en la ley
art.9 ANALOGIA.la analogía es l encargada degenerar y establecer la s
propiedades las cuales se aplican en las propiedades de abstracción.
art.10 IGUALDAD. las leyes judiciales establecidas son las encargadas de
judicializa a los miembros de las fuerzas publicas.
art.11 PROHIBICIÒN DE DOBLE INCRIMINACIÒN. a ninguna persona se le
puede imputar cargos los cuales no estén establecidos.
art.12 PRINCIPIOS DE LAS SANCIONES PENALES : la materia penal tiene unas medidas
las cuales persiguen unos principios de protección y rehabilitación de cada persona.
art.13 JUEZ NATURAL:las fuerzas publicas tienen unos códigos los cuales
hacen que los juzgados establezcan unas conductas punibles
art.14 INTEGRACIÒN: son aquellas materias las cuales regulan los procesos de
ordenamiento penal y civil
art.15.CONDUCTA PUNIBLE: las conductas son las que se encargan de
imputar resultados los cuales constan de las responsabilidades punible.
art.16 TIPICIDAD : la ley expresa unas características las
cuales se encargan de consagrar la omisión claramente
de la constitución.
art.17. ANTIJURIDICA : la conducta es típica cuando se
lesiona la causa de las leyes.
art.18 CULPABILIDAD: las conductas de culpabilidad son las que se encargan de erradicar
las jurídicamente las tutelas.
art.19. NORMAS RECTORAS Y FUERZA NORMATIVA: las normas tiene unos códigos
los cuales se encargan de contribuir con la esencia de el sistema penal.