Se perfecciona desde el momento en que las partes han convenido la cosa y el precio
Oneroso
Nota:
En la compraventa, ambas partes buscan una utilidad gravandose reciprocamente
Principal
Nota:
No requiere otro acto jurídico para su existencia
Nominado
Ejecución instantanea
Nota:
Cuando las partes expresan su voluntad en la cosa y el precio ahí empieza a ejecutarse. No importa si el pago es periodico o el bien se entrega luego.
Libre discusión
Nota:
Las partes pueden convenir el precio y la cosa, es decir, no necesariamente una parte se adhiere a otra o a la prestación que tenga predispuesta la otra parte
Requisitos Artículo 1502 Código civil
Capacidad
Concepto
Que una persona pueda obligarse por sí misma y sin consentimiento de otro. Se determina la aptitud de comprar y vender
Incapacidades especiales
Son prohibiciones que la ley impone especialmente a ciertos contratos, no declarándolo objeto ilicito, si no que no podrá realizar dicho contrato.
En razón de parentezco
Entre conyúges no divorciados
Entre padre e hijo de familia
En razón de cargos
Administradores de establecimientos públicos
Nota:
No pueden vender ni comprar bienes sin que se les otorgue dicha facultad
Funcionarios
Nota:
No pueden los funcionarios ni vender, ni comprar bienes de la entidad a la que pertenezcan
Consentimiento
Causa
Objeto
Nulidades Absolutas
Guardadores
Nota:
Los guardadores no se le es licito comprar bienes del pupilo para hacerlo debe adquirir autorización del juez competente
Nulidades relativas
Todas las que contiene el artículo 906 del código de comercio
Bibliografia
Los principales contratos civiles y comerciales; Jose Alejandro Bonivento Fernandez, 17 edicion, Tomo 1, 2008, Pags 1-30
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.