Es un
conjunto de normas bilaterales,
externas, generalmente
heterónomas y coercibles que tiene
por objeto regular la conducta
humana
El derecho es la garantía
de las condiciones de la vida social
en la forma de coaccion.
ciencia
El derecho es probablemente
una de las ciencias que mayor
dificultad han tenido sus
estudiosos para
conceptualizar o definir, lo
cual ha producido como una
lógica consecuencia de ello,
que aquellos que han
esbozado algún concepto han
sido discrepantes entre sí.
Esto a su vez ha sido
producto de distintas
tendencias que han seguido
sus autores, que dieron
origen a diversas posturas
doctrinarias
Derecho Objetivo
podemos caracterizar al derecho, como “el
ordenamiento social justo”. Es decir, como una regla
de conducta exterior al hombre a quien se dirige, y
que arrojan las siguientes expresiones: “el derecho
prohibe apoderarse de lo ajeno”, o “el derecho
impone a los esposos los deberes de asistencia,
fidelidad y cohabitación”
Derecho subjetivo
Alude a las
prerrogativas que tiene
una persona para exigir
de los demás un
determinado
comportamiento.
Definición
La palabra proviene del vocablo latino
directum, que significa no apartarse del buen
camino, seguir el sendero señalado por la ley,
lo que se dirige o es bien dirigido. En general
se entiendo por Derecho, conjunto de
normas jurídicas, creadas por el estado para
regular la conducta externa de los hombres y
en caso de incumplimiento esta prevista de
una sanción judicial.1 “El Derecho es el
conjunto de normas que imponen deberes y
normas que confieren facultades, que
establecen las bases de convivencia social y
cuyo fin es dotar a todos los miembros de la
sociedad de los mínimos de seguridad,
certeza, igualdad, libertad y justicia
Es el conjunto de
disposiciones que se
adquiere y que se
encuentran al servicio de
valores sociales
Derecho Social
Aquel ordenamiento Jurídico
que nace para el efecto de
regular la conducta entre los
individuos, como grupo. Y
tiene cabida, mientras que se
encuentre en una sociedad
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.