Las personas naturales
deben inscribirse ante
el Registro Único
Tributario (RUT) y
formalizar su matrícula
mercantil en la Cámara
de Comercio que le
corresponda
EMPRESA UNIPERSONAL
La empresa
unipersonal tiene
personalidad
jurídica
independiente de
quien la crea.
SOCIEDAD POR
ACCIONES
SIMPLIFICADAS
se deberá realizar un
documento privado
que se registrará en la
Cámara de Comercio,
los accionistas solo
responderán por el
monto que hayan
aportado
SOCIEDAD COLECTIVA
En este tipo de empresa,
la ley no determina un
monto mínimo ni
máximo de capital para
su constitución
SOCIEDAD ANONIMA
Es uno de las
sociedades más
utilizadas por las Pymes,
ya que se compone de
una escritura pública de
cinco o más asociados,
donde estos responden
únicamente por el
monto de sus
contribuciones
SOCIEDAD LIMITADA
En las empresas por
sociedades limitadas, el
capital se divide en partes
iguales entre los titulares.
SOCIEDAD DE
COMANDITA
SIMPLE
son los socios
gestores quienes
se encargan de las
operaciones,
administrar y
realizar
seguimientos a los
negocios. Mientras
que los socios
comanditarios se
encargan de
aportar el capital.
SOCIEDAD
COMANDITA POR
ACCIONES
Este tipo de
empresas deben ser
constituidas por al
menos 5 socios sin
límite máximo.
También deben
incluir un socio
gestor. En este caso,
el capital es dividido
por partes iguales.
MICROEMPRESA
Son empresas con menos
de 10 trabajadores. Suelen
ser el primer paso de un
profesional o emprendedor
que trabaja bajo la figura de
empresa autónoma
EMPRESA MIXTA
suelen ser
administradas por
organizaciones
privadas, pero
dependen de fondos
o supervisión de
entes públicos.