Directrices internacionales
sobre el derecho a la
información ambiental
Carta Mundial de la
Naturaleza de 1982
Principio 16
Difundir el conocimiento resultado de
las investigaciones, a través de los
medios adecuados y con la antelación
suficiente para que las personas
puedan participar efectivamente en el
proceso de consultas y de adopción de
decisiones sobre el ambiente.
Declaración de Estocolmo
de 1972
Principio 20
Estados deben facilitar el libre intercambio
de información científica actualizada y de
experiencias sobre su transferencia; y ser
objeto de apoyo y asistencia para agilizar la
solución de los problemas ambientales.
Declaración de Río
de 1992
Principio 10
Toda persona deberá tener acceso adecuado
a la información sobre el ambiente de que
dispongan las autoridades públicas, incluida
la información sobre los materiales y las
actividades que encierran peligro en sus
comunidades.
Carta de la
Tierra
Sección IV
Exige garantizar el derecho de las personas
a recibir información clara y oportuna
sobre asuntos ambientales