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Normas legales vigentes que regulan la profesión del Regente de Farmacia
Descripción
Mapa Mental sobre Normas legales vigentes que regulan la profesión del Regente de Farmacia, creado por kelly piedrahita el 03/09/2021.
Mapa Mental por
kelly piedrahita
, actualizado hace más de 1 año
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Creado por
kelly piedrahita
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Resumen del Recurso
Normas legales vigentes que regulan la profesión del Regente de Farmacia
LEY 100 DE 1993
SGSSS
S. pensiones
S. riesgos profesionales
S. salud
PAIS
*Intersectorialidad *APS *Integralidad *Diferencial
Actores
Dirección/vigilancia
*Ministerio *Supersalud *Secretaria de salud
Aseguramiento y financiación
*ADRES/FOSYGA *EAPB *Entes territoriales
Prestador de servicio
IPS
USUARIOS
Financiación
*Cotizaciones *SOAT *Presupuesto nacional
UPC
RÉGIMEN CONTRIBUTIVO
*Empleado 4% *Empleador 8,5% *Independiente 12,5
RÉGIMEN SUBSIDIADO
+Aportes fiscales
*Recursos propios municipales *Regalías *Otros aportes institucionales
Instituciones
Especial
*Militares *Profesores *Congreso *Ecopetrol
+1122 +1438 +1751 (Ley estatutaria)
LEY 485 DE 1998
Articulo 1 OBJETO
Regula la Profesión del Tecnólogo en Regencia de Farmacia
Contribuye al mejoramiento de la salud
Individual
Colectiva
Lo pueden ejercer
Los que obtengan el titulo o equivalente s/n articulo 9 de esta ley
Nacionales o extranjeros que obtengan el titulo
De conformidad con los convenios s/n tratados sobre equivalencia de títulos y convenios
Articulo 2 CAMPO DEL EJERCICIO PROFESIONAL
Pertenece al área de la salud
Desarrolla
Tareas de apoyo
Colaboración en la prestación del servicio Farmacéutico
Gestion administrativa a establecimientos
Mayoristas
Minoristas
Articulo 3 ACTIVIDADES
Dirige establecimientos minoristas que integran el sistema de seguridad social
Distribucion
Dispensación de medicamentos e insumos médicos
Primer nivel ( ambulatorio u hospitalario)
Dirigir el servicio Farmacéutico de IPS
De baja complejidad o del primer nivel
(Ambulatorio o Hospitalario)
Dirigir Establecimientos Farmacéuticos distribuidores mayoristas
Alopáticos
Homeopáticos
Veterinarios
Preparaciones Farmacéuticas
Cosméticos
Insumos para la salud
Participar en actividades de mercadeo y ventas de productos farmaceuticos
Apoyo bajo la dirección del QF en las actividades de suministro y demás insumos en las IPS
Segundo nivel
Tercer nivel
Articulo 4 DOCENCIA
Docencia
Capacitación
Formal
No formal
Labores orientadas
Promoción y uso racional de los medicamentos
Articulo 5 REQUISITOS
Presentar titulo en Regencia de Farmacia expedido en Institución Superior
Estar registrado en el consejo nacional de Tecnólogos en RF o instituciones que hagan a su vez
No estar sancionado por autoridad publica competente
Articulo 6 VIGILANCIA Y CONTROL
Ejercicio de la profesión
Encargada por el Ministerio de Salud
Articulo 7 CONSEJO NAL DE TECNOLOGOS EN RF
Organismo consultivo del ministerio de Salud encargado del registro NAL del Tecnologo en RF
Conformado por
1 delegado, Ministerio de Salud
1 delegado, Ministerio de Educación
1 delegado, Asociaciones de Tecnólogos en RF
Articulo 8 EJERCICIO ILEGAL
No están habilitados legalmente y ejerzan
Los que están habilitados y se asocien con los que ejercen ilegalmente
Articulo 9 EQUIVALENCIA DE TITULO
Regente de Farmacia
Técnico superior en Regente de Farmacia
Articulo 10 ESTABLECIMIENTOS DISTRIBUIDORES MINORISTAS
Droguerías sujetos a reglamentaciones vigentes
Asumir la dirección de establecimientos
Articulo 11 VIGENCIA
Rige en la fecha de su promulgación
Deroga todas las disposiciones que le sean contrarias
Firmada en el gobierno del Ex presidente Andrés Pastrana 21/12/1998
DECRETO 0780 DE 2016
LIBRO 1: ESTRUCTURA DEL SECTOR SALUD Y DE LA PROTECCION SOCIAL
Tipos
DESCENTRALIZADO
IPS
EPS
ESE
Dirección Seccional de Salud
CENTRALIZADO
Ministerio de Salud
Superintendencia Nacional de Salud
FOSYGA
FONSAET
LIBRO 2: REGIMEN REGLAMENTARIO DEL SECTOR SALUD Y PROTECCION SOCIAL (SSPS) POS, IPS, EPS
PARTE 1: AFILIACIÓN AL SISPS. 10
Títulos que explican las diferentes maneras de afiliarse al sistema
PARTE 2: REGIMEN CONTRIBUTIVO. 4
Títulos que tratan los aportes al sistema, la cobertura, prestaciones económicas.
PARTE 3: REGIMEN SUBCIDIADO
Dos títulos sobre dirección y administración de régimen subsidiado.
PARTE 4: ATENCION A POBLACIÓN NO SEGURADA
PARTE 5: REGLAS PARA ASEGURADORES Y PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD
Sistemas aseguradores, Certificaciones y otros.
LIBRO 3: NORMAS COMUNES DE LA SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
REGISTRO UNICO DE AFILIADO(RUAF):
Indica sistemas de información y SSPS.
AFILIACION Y AUTOLIQUIDACION DE APORTES.
Señala Valores, Ingreso Base de Cotización, Plazos y Planillas.
CREDITACION DE SUPERVIVENCIA.
Describe Condiciones y procedimientos.
LIBRO 4: DISPOSICIONES FINALES
EXCEPCIONES
Tiene Decretos relativos a la configuración,
Creación de las entidades del sector administrativo de Salud y Protección Social.
DEROGATORIAS
Posee Decretos de Naturaleza reglamentaria
RESOLUCION 1403 DE 2007
Se determina el Modelo de Gestión del S.F.
Se adopta el Manual de Condiciones Esenciales y Procedimientos y se dictan otras medidas.
Definiciones de:
E.F., evento adverso, fármaco, medicamento, m. de venta Libre, droguería.
OBJETIVOS:
En desarrollo del Decreto 2200/05, son:
Promoción, prevención, suministro, Atención Farmacéutica
CLASIFICACION DEL S.F.
Dependiente:
Es prestado por una I.P.S a pacientes Hospitalizados o ambulatorios. Puede ser Propio o contratado
Independiente:
Lo prestan los establecimientos farmacéuticos autorizados.
GRADOS DE COMPLEJIDAD DEL S.F.
S.F. DE BAJA COMPLEJIDAD:
Realiza, Selección, adquisición, almacenamiento, distribución de medicamentos y dispositivos médicos.
Dispensación de medicamentos.
Información y educación a la comunidad sobre el uso adecuado de los medicamentos y dispositivos médicos.
S.F. DE MEDIANA Y ALTA COMPLEJIDAD:
Además de los procesos anteriores realiza:
Atención Farmacéutica
Preparaciones Magistrales
Mezclas de nutrición parenteral
Reenvase o reempaque de medicamentos
Adecuación o ajustes para cumplir con dosis prescritas
Participación en estudios sobre uso de antibióticos o cualquier tema relacionado de interés para el paciente.
S. F. hospitalario y ambulatorio
S. F. hospitalario
Infraestructura física
Condiciones locativas
Áreas
S.F. DE BAJA COMPLEJIDAD:
Área administrativa
Área de recepción
Área de cuarentena
Área adecuada para almacenamiento
Área independiente y segura para almacenamiento
Área para la dispensación
Área desnaturalización
Área productos rechazados, devueltos y retirados del mercado
Área manejo de residuos
S.F. DE MEDIANA Y ALTA COMPLEJIDAD:
Área independiente
Área de reempaque y reenvase
Área para la segregación
Área de varias actividades
S. F. ambulatorio
Atención domiciliaria
Dirección de la red de servicios farmacéuticos ambulatorios
Comercialización de medicamentos y dispositivos médicos en instituciones de servicio de salud
Dotación del servicio farmacéutico
Recurso humano del servicio farmacéutico hospitalario
Comité de farmacia y terapéutica
Establecimientos farmacéuticos
Artículo 1 del decreto 3050 de 2005
Artículo 12 del decreto 2200 de 2005
Establecimientos farmacéuticos mayoristas
Agencias de especialidades farmacéuticas
Depósitos de drogas
Establecimientos farmacéuticos minoristas
Farmacia - droguería
Productos
Procedimientos
Infraestructura física de la farmacia - droguería
Áreas
Unidad sanitaria
Medios de registro y referencias bibliográficas
Decreto 2200 del 2005 modificado por el 2330 del 2006
Establece procesos del servicio farmacéutico
Generales
Selección, adquisición, recepción y almacenamiento, distribución y dispensación de medicamentos y dispositivos médicos
Específicos
Atención farmacéutica, farmacovigilancia, preparaciones: magistrales, extemporáneas, estériles; nutriciones parenterales; mezcla de medicamentos oncológicos.
DECRETO 2330 DE 2006
MODIFICACION DEL DEC. 2200 DE 2005 Y OTRAS DISPOSICIONES
En cuanto a Inyectología, los materiales deben ser especializados (equipo, instrumentos y personal), monitoreo de glicemia con equipo por punción.
FARMACIA-DROGUERIA:
Estará a cargo del QF, a menos que las preparaciones hechas no sean estériles. En dicho caso, el TRF podrá estar a cargo también
Al realizar la aplicación del medicamento inyectable, se debe solicitar la prescripción médica siempre
LEY 1438 DEL 2011
Libre escogimiento de la aseguradora que desee el usuario
Permanencia en el régimen subsidiado
Salud prevalente y diferencial para infancia y adolescencia
Articulación de la red
Conformación de redes de servicio en salud geográfico presente articulado, enfoque familia y hogar
Promoción prevención y atención en salud, plan decenal, observatorio nacional en salud publica
Aumento en los contenidos del POS, igualación en planes influyentes equitativo y de calidad
LEY 1751 DEL 2015
Estatutaria en salud debe estar en cualquier consideración
Garanatía y mecanismo de protección de derecho fundamentales a la salud
Principios, derechos, de los beneficiarios
Profesionales y trabajadores de la salud
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